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lunes, 6 de diciembre de 2021

La Directiva Presidencial 1 de 2005 ordenó a Ministros y Directores de Departamentos Administrativos hacer un inventario normativo vigente de sus sectores, y expedir Decretos Únicos Normativos, con el objetivo de que el ciudadano tuviese acceso, en un solo documento, a todas las normas de ese rango aplicables sobre la materia. Con ello buscaba acercar al ciudadano a la ley, en desarrollo del principio que reza: “la ignorancia de la ley no sirve de excusa”.

Esta Directiva generó un maratónico proyecto en el que después de años, ácaros, rinitis y dioptrías perdidas, se determinó que desde 1864 y hasta 2015 se habían expedido algo más de 75.000 normas de carácter general -entre leyes y decretos del orden nacional-. El paso siguiente fue determinar qué estaba vigente.

Lo que tomaría según la Directiva unos pocos meses, dio como fruto, 10 años después, los Decretos Únicos Normativos, que compilan decretos reglamentarios de los respectivos sectores de la Administración Pública Nacional.

Este esfuerzo también dio lugar a varios proyectos de ley que pretendían derogar expresamente normas de rango legal desuetas, o cuya vigencia fuese discutible. Recuerden los ejemplos de las abejas y palomas fugitivas, que a la postre mantuvieron su fuerza. Finalmente, se profirió la Ley 2085 de 2021, derogando expresamente 608 instrumentos normativos de rango legal por obsolescencia y contravención al régimen constitucional. Ahora el Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Justicia y del Derecho, y en coordinación con el DNP, apunta a extender este loable proyecto al orden territorial.

Pese a estos esfuerzos, en un cálculo sencillo se encuentran más de 16.000 normas (leyes y decretos nacionales que incluyen nombramientos y condecoraciones) expedidas desde 2016. En promedio más de 2.100 por año, número considerablemente inferior, debo decir, en los años de pandemia.

Estas cifras no incluyen resoluciones, circulares o aquellas expedidas por entes territoriales. Así, la realidad de nuestro ordenamiento jurídico es mucho más apabullante.

Dicha inflación, aunada con una deficiente técnica legislativa y regulatoria, genera antinomias e inseguridad jurídica. Héctor Mairal, administrativista argentino, ha explicado profusamente cómo la inflación normativa, esa maraña de normas que nos regulan, es fuente de corrupción, entre otros factores.

Ni el más avezado de los abogados (el chamán de la tribu, para estos efectos) conoce y mucho menos entiende, todas las normas que existen de múltiples rangos y que establecen derechos, obligaciones y sanciones a diestra y siniestra. En este contexto, ciudadanos y empresas casi de forma inexorable están incumpliendo cargas, sin querer y sin saber, quedando, como dice Mairal, inermes jurídicamente frente al Estado.

Urge que el gobierno nacional y el Congreso de la República continúen sus esfuerzos en esta materia para establecer reglas del juego claras, modernas e incluyentes. Así, se regulará para corregir fallas de mercado -no generarlas como ocurre con lamentable frecuencia-, y alcanzar el bien común, evitando escenarios de captura de regulador y similares. Este objetivo nos permitirá ser más competitivos en un escenario global post-pandemia. Las generaciones actuales y futuras de colombianos lo agradeceremos.