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martes, 24 de junio de 2014

Otro aspecto que jugó un protagonismos en el primer periodo de mandato del presidente Santos, fue la lucha contra la minería ilegal, pues la política fue orientada a la erradicación de la misma, por ello se realizaron una serie de operativos acompañados de una regulación contundente, en la cual se evidenció la voluntad del gobierno en controlar y erradicar la explotación ilegal de los yacimientos mineros, pero éste propósito se vio menguado por la vastísima radicación de las solicitudes de minería tradicional, las cuales fueron iniciadas durante la vigencia que determinó la Ley 1382 de 2010, que en la actualidad se encuentra surtiendo el trámite ante la ANM, pero que en algunos casos éste procedimiento ha sido utilizado para permitir la continuidad de labores que no cumplen con los requisitos y que constituyen actividades que a todas luces implican la existencia de los delitos perseguidos por el gobierno nacional.

Por otra parte y atendiendo al artículo 109 de la Ley 1450 de 2011, se expidió recientemente la Resolución No. 256 de 2014, con la cual se adoptó el Plan Nacional de Ordenamiento Minero - Pnom, estableciendo los principios, lineamientos y acciones para contar con una actividad minera responsable y ordenada. El objetivo del gobierno nacional fue planear en forma integral, permanente y coordinada con los agentes del sector mineroenergético, la información requerida para la formulación de la política y la toma de decisiones para apoyar al Ministerio de Minas y Energía en el logro de sus objetivos y metas. 

Con lo anterior, el mencionado Plan constituye uno de los documentos pioneros en América Latina, el cual está buscando los elementos que generen compatibilidad del desarrollo de la industria minera, con la conservación del medio ambiente, el desarrollo económico social y cultural de las comunidades locales, el ordenamiento territorial y los intereses de la Nación en materia de extracción y aprovechamiento de minerales.

Dentro de los temas de interés prioritario que se tuvieron en cuenta para la formulación del Pnom, fue aplicar los principios de autonomía territorial y de coordinación para la determinación del aprovechamiento del subsuelo en articulación con el suelo, en este sentido las autoridades municipales, departamentales y ambientales deberán conceptuar técnica y socialmente, previo al otorgamiento de un título minero, a fin de aplicar los mencionados principios constitucionales. Así mismo se buscó definir mecanismos de exclusión de la actividad minera en territorios con vocación agrícola, cultural e histórica, la declaración de zonas mineras especiales en aquellos territorios en los que se ha desarrollado ancestralmente la actividad minera como fuente de desarrollo, y se pretende aumentar las zonas de exclusión de la actividad minera, y replantear las zonas de restricción, estableciendo la obligatoriedad de la consulta previa para el otorgamiento de títulos mineros en territorios y comunidades indígenas y negras, así como, mecanismos para el acompañamiento al desarrollo de estos procesos por parte de las autoridades mineras y ambientales.

Como se puede observar se pretende dar una organización al sector minero con una  instrumento efectivo de planeación, que sea el resultado de estudios geológicos, ambientales, territoriales, determinando las necesidades reales de las comunidades y apartando las decisiones de las políticas actuales o coyunturales.