Celebré que se resaltara que los jueces deben observar en sus decisiones cuando el caso lo amerite desplegando toda la actividad investigativa en aras de garantizar los derechos en disputa y la dignidad de las mujeres; analizando los hechos, las pruebas y las normas con base en interpretaciones sistemáticas de la realidad.
De manera que en ese ejercicio hermenéutico se reconozca que las mujeres han sido un grupo tradicionalmente discriminado y como tal, se justifica un trato diferencial; no tomando decisiones con base en estereotipos de género; evitando la revictimización a la hora de cumplir con sus funciones; reconociendo las diferencias entre hombres y mujeres; flexibilizando la carga probatoria en casos de violencia o discriminación, privilegiando los indicios sobre las pruebas directas.
Cuando estas últimas resulten insuficientes; considerando el rol transformador o perpetuador de las decisiones judiciales; efectuando un análisis rígido sobre las actuaciones de quien presuntamente comete la violencia; evaluando las posibilidades y recursos reales de acceso a trámites judiciales, y finalmente analizando las relaciones de poder que afectan la dignidad y autonomía de las mujeres.
Es una conquista del feminismo el reconocimiento de mecanismos que buscan proteger a las mujeres, que por desgracia aún siguen siendo víctimas de discriminación y ahora estará en el escenario judicial.
Un paso más para lograr la igualdad. Leí la sentencia y la emoción pasó a ser agridulce. La Tutela fue interpuesta en contra del Tribunal Superior de Bogotá, Sala Familia y la Superintendencia de Sociedades por considerar que la sentencia de segunda instancia proferida en un proceso de divorcio violaba los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la justicia de la mujer demandante en el caso.
La Corte al resolver el asunto en lugar de señalar en dónde y cómo el Tribunal había vulnerado los derechos de la demandante por no haber incorporado los criterios de género al conocer el caso, analizó la pruebas del proceso de divorcio y motivó la sentencia en ese sentido.
Dejó de lado la protección del derecho a la igualdad, el debido proceso y el acceso a la justicia para resolver de fondo el divorcio como si se tratara de una apelación y ordenó al Tribunal que profiera una nueva sentencia en la que incorpore las consideraciones realizadas. Sacrificó la independencia judicial y la seguridad jurídica para darle una victoria al feminismo. La Corte actuó, ahora sí, como una verdadera tercera instancia.
¿Hará carrera este tipo de pronunciamientos de modo que se extienda a otros asuntos?, sí, es una dulce victoria del feminismo pero ¿se justifica el sacrificio de la seguridad jurídica, la independencia y autonomía judicial?.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp