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miércoles, 13 de marzo de 2019

Como ha sido expuesto en esta columna, el mecanismo de solución de diferencias de la OMC viene sufriendo un bloqueo constante a su adecuado funcionamiento. Particularmente, desde mediados de 2017, EE.UU. decidió oponerse a abrir el proceso de selección para llenar las vacantes en el Órgano de Apelación (OA) de la OMC. Dado que para iniciar el proceso de elección de los integrantes del OA se requiere de una decisión positiva, tomada por consenso entre todos los Miembros de la OMC, la sola objeción por parte de EE.UU. -o en su defecto de cualquier otro miembro- es suficiente para bloquear el inicio de este proceso.

Como consecuencia de esta constante objeción, el futuro del OA se encuentra en vilo. En este momento este cuerpo colegiado cuenta con el mínimo posible de tres integrantes, cuando debería tener siete integrantes permanentes. El término de dos de estos integrantes restantes expira el 10 de diciembre del presente año, quedando un solo integrante a partir del 11 de diciembre de 2019. Esta situación, en la práctica, resultaría en la imposibilidad legal para que el OA siga ejerciendo sus funciones. De acuerdo con el marco legal del mecanismo de solución de diferencias, cada recurso de apelación lo debe revisar por lo menos tres integrantes del OA. Por lo tanto, si no se llenan las vacantes disponibles antes del 10 de diciembre de 2019, a partir de esa fecha no tendremos suficientes miembros del OA para que legalmente puedan ser revisados los recursos en esa instancia. Así, la implementación y obligatoriedad de los informes de los grupos especiales (primera instancia) de los casos que sean apelados, quedarán suspendidas indeterminadamente.

Este tema ha sido tratado en casi todas las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias (OSD - órgano encargado de administrar el sistema de solución de diferencias, compuesto por todos los Miembros de la OMC) desde mediados de 2017. En la última reunión, llevada a cabo el 25 de febrero de este año, EE.UU. reiteró algunas de sus preocupaciones, ante la continua solicitud de varios miembros de desbloquear el inicio de este proceso de elección.

En parte, EE.UU. insiste que el OA ha incumplido algunos de sus mandatos legales, particularmente en relación con el cumplimiento de los plazos establecidos para esta instancia; el utilizar sus informes como precedente legal; extender sus interpretaciones de los acuerdos de la OMC, afectando los derechos y obligaciones allí establecidas; permitir que integrantes del OA, a quienes se les ha expirado su plazo, continúen decidiendo sobre las disputas en curso; entre otras cosas.

Aunque la mayoría de miembros de la OMC difieren de la posición de EE.UU., se han realizado esfuerzos importantes para que sus preocupaciones sean resueltas. Principalmente, iniciando discusiones sobre cómo mejorar normativamente el sistema de solución de diferencias de la OMC, con particular énfasis en la instancia de apelación. Sin embargo, en esta última reunión del OSD, EE.UU. indicó que las discusiones no deben enmarcarse en una modificación de las reglas para ajustarse a las necesidades del OA, sino en hacer que el OA cumpla con lo establecido en las normas actuales.

No será fácil llegar a una solución pronta, pero debemos mantener la esperanza de que en los próximos meses sea resuelto este impasse en la OMC, de tal forma que se preserve el mecanismo de solución de diferencias que ha sido ejemplo para otros tribunales internacionales, y que hoy es un pilar fundamental de la Organización.