Adriana Merchán-Asociada de Posse Herrera Ruiz

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martes, 20 de junio de 2023

El etiquetado de bebidas alcohólicas es una herramienta importante para proteger la salud de los consumidores y prevenir el consumo indebido de alcohol. En Colombia, el etiquetado de bebidas alcohólicas está regulado por el Decreto 1686 de 2012 y el Decreto 162 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, los cuales establecen los lineamientos que deben seguir las bebidas alcohólicas para consumo humano que se fabriquen, elaboren, hidraten, envasen, almacenen, distribuyan, transporten, comercialicen, expendan, exporten o importen en el territorio nacional.

El objetivo de estas regulaciones es proporcionar información clara y precisa a los consumidores, para que puedan tomar decisiones informadas sobre su consumo de alcohol y evitar riesgos para su salud.

¿En qué consiste el decreto 162 de 2021?

El Decreto 162 de 2021 se encarga de modificar diferentes aspectos del Decreto 1686 de 2012, entre los que se encuentra el rotulado y etiquetado permanente de las bebidas alcohólicas.

Dicho rotulado o etiquetado es aquel que se encuentra adherido a un producto o fijado en él de forma segura mediante adhesión, impresión, cosido, gofrado, serigrafía, termofijación, u otros medios análogos, de tal forma que no se desprenda fácilmente del producto y que en condiciones normales de uso, permita estar adherido al mismo durante el término razonable de vida útil establecido por el fabricante, comercializador o importador, o por lo menos, hasta el momento de su comercialización o uso hacia el consumidor (Decreto 162 de 2021).

¿Por qué es importante el decreto?

El etiquetado de bebidas alcohólicas es una herramienta importante para proteger la salud del consumidor, prevenir el consumo indebido de alcohol, evitar la publicidad engañosa y promover la transparencia en la industria. En Colombia, las regulaciones del etiquetado de bebidas alcohólicas establecen la obligatoriedad de incluir ciertas leyendas e información en las etiquetas, como la cantidad de alcohol por volumen, la advertencia de que el consumo excesivo de alcohol es perjudicial para la salud y la prohibición de venta a menores de edad.

Estas leyendas son fundamentales para informar a los consumidores sobre los riesgos asociados con el consumo de alcohol, y para prevenir el consumo excesivo y el acceso de menores de edad a las bebidas alcohólicas. Además, el etiquetado también debe incluir información sobre los ingredientes y las características organolépticas de la bebida, lo que permite a los consumidores tomar decisiones informadas sobre su consumo.

3. ¿Qué aspectos deben ser tenidos en cuenta?

Este rotulado es importante porque:

1. Protege la salud del consumidor ya que el etiquetado proporciona información importante sobre el contenido de alcohol y otros ingredientes, como azúcares y aditivos, que pueden tener un impacto en la salud del consumidor. Esta información ayuda a los consumidores a tomar decisiones informadas sobre su consumo de alcohol.

2. Previene el consumo indebido de alcohol: las leyendas del etiquetado ayudan a prevenir el consumo indebido de alcohol, especialmente por parte de menores de edad y personas en riesgo, como mujeres embarazadas y personas con problemas de salud preexistentes.

3. Evita la publicidad engañosa: el etiquetado evita que los fabricantes de bebidas alcohólicas realicen publicidad engañosa que pueda sugerir que el consumo de alcohol tiene beneficios para la salud o que es necesario para disfrutar de la vida social.

4. Promueve la transparencia: el etiquetado promueve la transparencia en la industria de bebidas alcohólicas al obligar a los fabricantes a proporcionar información detallada sobre el contenido de sus productos.

Estos beneficios se logran a través de la regulación de etiquetado establecida en la normativa colombiana. Particularmente, el Decreto 162 de 2021 indica que las bebidas alcohólicas deben incluir en su etiquetado las siguientes leyendas:

● “El exceso de alcohol es perjudicial para la salud”.

● “Hidratado o envasado en Colombia”.

● “Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad”.

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