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Ambiente

“Áreas de protección para la producción de alimentos necesitan un ejercicio detallado"

La Resolución 507 del 26 de diciembre de 2023 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo determina las zonas de protección de alimentos

20 de enero de 2024

Alejandra Rico Muñoz


Alejandro Turbay, socio del área de derecho inmobiliario y urbanístico de Posse Herrera Ruiz, (1)
Posse Herrera Ruiz
Canal de noticias de Asuntos Legales

En la última semana del 2023 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Territorial determinó las “Zonas de Protección para la Producción de Alimentos” para los municipios de sabana centro de Cundinamarca.

Alejandro Turbay, socio del área de derecho inmobiliario y urbanístico de Posse Herrera Ruiz, explicó la gran importancia de estas zonas y cómo empezarán a operar.

¿Podría proporcionar una visión general sobre el proceso que llevó a MinAgricultura a determinar estas zonas?

Por medio de la Resolución 507 del 26 de diciembre de 2023 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Territorial determinó las nuevas “Zonas de Protección para la Producción de Alimentos” en relación con los municipios de Cajicá, Chía, Cogua, Cota, Gachancipá, Nemocón, Sopó, Tabio, Tenjo, Tocancipá y Zipaquirá.

Dichas “zonas” serán la base para la posterior declaratoria de las “Áreas de Protección para la Producción de Alimentos”, Appa, las cuales se convertirán en “áreas protegidas” cuya destinación será única y exclusivamente la producción de alimentos.

¿Qué factores o consideraciones específicas llevaron a la identificación de estas áreas?

La Resolución determinó estas “zonas de protección” de manera muy general, no detallada, por lo que la Resolución involucra grandes extensiones de suelo e incorpora múltiples inmuebles que, por diversas razones, podrían no tener una verdadera vocación para la producción de alimentos.

Inclusive, por no haberse adelantado un estudio con una escala de detalle, la Resolución podría haber incluido áreas en las que se desarrollan actividades o proyectos de utilidad pública -por ejemplo proyectos de infraestructura, inmuebles ya construidos o en los que actualmente se desarrollan actividades muy diversas -como industriales-, o sectores que corresponden a suelos previstos para la expansión urbana, o en los que se cuenta con derechos adquiridos, entre otros.

¿Cuáles son los efectos legales de la resolución?

Si bien esta Resolución por ahora no produce efectos legales concretos sobre los inmuebles individualmente considerados, la futura declaración de las Appa sí supondrá que el uso del suelo, en muchos casos, enfrente restricciones.

En consecuencia, es fundamental que para la declaración de las Appa se realice un ejercicio detallado y riguroso, a una escala muy precisa, que permita determinar con exactitud, y con fundamento en la realidad existente y la ley, las áreas que tendrán ese carácter de “protegidas” para la producción de alimentos.

¿Cuál es la importancia de establecer estas zonas?

El Ministerio expone una serie de consideraciones en las que se fundamenta la expedición de la mencionada Resolución, entre las cuales destaca el “derecho humano a la alimentación”.

¿Cómo se alinea esta determinación de las zonas con el Plan Nacional de Desarrollo?

La adopción de las Appa se deriva del Plan Nacional de Desarrollo que incluyó este tipo de áreas como una determinante, es decir que deben ser reconocidas como normas de superior jerarquía para efectos del ordenamiento territorial, y por lo tanto los municipios deberán reconocerlas e incorporarlas en sus respectivos POTs.

Esto también significa que las Appa podrían prevalecer sobre otras determinantes del ordenamiento del territorio; inclusive, por la manera en que se vienen desarrollando, podrían llegar a entrar en contradicción con el patrimonio cultural de la Nación o con infraestructuras públicas básicas, entre otras.

¿Cuál será el papel de los municipios en la implementación de las Appa?

El Ministerio indica que iniciará un proceso, municipio por municipio, en el que debería estudiar el territorio minuciosamente para establecer las áreas susceptibles de ser protegidas. Para cumplir con ese propósito deberá cruzar toda la información cartográfica disponible, incluyendo áreas ambientales, capacidades agrológicas del suelo, elementos de interés público, clasificación urbanística del territorio, desarrollos existentes, situaciones jurídicas consolidadas, etc.

Será fundamental que los municipios, como principales responsables del ordenamiento territorial, puedan participar en los estudios para determinación de las Appa. La declaratoria de las Appa debe realizarse rigurosamente y, además, se prevean mecanismos que permitan eventualmente revisar o sustraer ciertas áreas cuando por errores, o por razones legales o de interés público, resulte necesario.

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