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viernes, 25 de marzo de 2022

En eventos de liquidación, en los que hay una asignación forzosa, los afiliados deben permanecer en la nueva entidad al menos 90 días

Esta semana, la Procuraduría General de la Nación instó a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) receptoras de los afiliados a la liquidada Medimás a garantizar una “prestación efectiva de los servicios médicos asistenciales”.

Por cuenta de la liquidación, más de 1,5 millones de afiliados deberán ser trasladados a 14 EPS, entre las que se encuentran Nueva EPS, EPS Sanitas, Salud Total, Famisanar y EPS Sura, entre otras.

Esta situación ha generado en los usuarios dudas con respecto a la agencia de las EPS en estos casos como, por ejemplo, qué sucede si un afiliado no está de acuerdo con estar en la promotora de salud que le fue asignada.

Según señaló el Ministerio de Salud, las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss) pueden realizar estos cambios una vez hayan cumplido un año de permanencia en su EPS. En esta regla existe una excepción si se quiere hacer una unificación familiar o, por ejemplo, en los casos de fuerza mayor, como ocurrió con Medimás

En los eventos de liquidación, en los que hay una asignación forzosa por parte de la cartera de Salud, los afiliados deberán permanecer en la nueva entidad por, al menos, 90 días desde el momento del traslado, explicó el abogado Jesús Albrey González.

“Al cabo de este tiempo, el afiliado decidirá si permanece en la EPS asignada o si se cambia de manera voluntaria a la entidad de su preferencia, sin argumentar una causa diferente a la manifestación de su voluntad”, destacó.

Es importante también tener en cuenta cuáles son los deberes que exige cada EPS a sus usuarios. Existen algunos principios base, como propender por el autocuidado, respetar al personal de salud o actuar de buena fe ante el sistema, sin embargo, hay entidades que imponen más exigencias a sus afiliados.

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