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  • Alejandra Rico Muñoz

viernes, 7 de julio de 2023

El Piso de Protección Social se creó para ser administrado por Colpensiones y fue incluido en la Ley 1995 de 2019 o en el PND de Duque

Para muchos puede sonar nuevo el término de “piso de protección social”. Este fue un auxilio que se les brindó a los trabajadores que ganaban menos de un salario mínimo en la pandemia.

El Piso de Protección Social se creó para ser administrado por Colpensiones y fue incluido en la Ley 1995 de 2019. Esta Ley contenía el artículo que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.

El Alto Tribunal emitió una sentencia con la cual se tumbó la norma y entregó un lapso de dos años para que el Congreso de la República tuviera tiempo para regular este piso en una ley ordinaria. La decisión de la Corte se argumentó porque la medida no podía ir en un Plan Nacional de Desarrollo.

Este periodo de tiempo acabo en junio de este año y nunca se reguló. Martín Arturo García Camacho, socio fundador Abogar Soluciones Pensionales explicó que el beneficio “se declaró inconstitucional por transgresión al principio de unidad de materia y ordenó que los efectos de la sentencia operaran a partir del 20 de junio de 2023”.

Agregó que ya que no tenía conexión con las normas del Plan Nacional de Desarrollo contenido en la Ley 1955 de 2019.

LOS CONTRASTES

  • Martín Arturo García Socio fundador Abogar Soluciones

    “Si labora en el mes entre uno y siete días, debe realizar una cotización mínima semanal; entre ocho y 14 días, dos cotizaciones mínimas semanales; entre 15 y 21 días, tres cotizaciones mínimas semanales”.

Por su parte, Manuel F Castro, socio fundador Economía Urbana, también señaló que esta ayuda quedó consagrada en el decreto 1174 de 2020, el cual se reglamentaba en uno de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo de 2018-2022, es decir, en el periodo presidencial de Iván Duque Márquez.

El mecanismo se acabó porque la atención del piso incluía personas con ingresos inferiores al salario mínimo en el contexto de una recuperación pos pandemia.

“En esa medida era excepcional atender hasta ese nivel, los pobres y pobres extremos siguen siendo atendidos con los instrumentos para ello”, dijo Castro.

Con el fin de esta medida, se regresará a las normas que regulan los ingresos para personas que devenguen por periodos inferiores a un mes y devenguen menos de un salario mínimo, consagrado en el Decreto 2616 de 2013.

El pago de pensiones se hace por semanas trabajadas. De esta manera, “si labora en el mes entre uno y siete días, debe realizar una cotización mínima semanal; entre ocho y 14 días, dos cotizaciones mínimas semanales; entre 15 y 21 días, tres cotizaciones mínimas semanales; más de 21 días, cuatro cotizaciones mínimas semanales (equivalen a un salario mínimo mensual)”, aseguró García Camacho, de Abogar Soluciones Pensionales.

El Gobierno de Gustavo Petro tiene contempladas algunas medidas en las reformas que aún están radicadas en el Congreso para, de alguna manera, sustituir este auxilio. Por ejemplo, en la reforma pensional se incluye la posibilidad de cotizar por semanas, mientras que el cubrimiento de salud sería a través del régimen subsidiado.

Cabe resaltar que con esta ayuda se beneficiaron al menos 61.000 personas que no lograban el salario mínimo, las cuales accedieron a la ayuda solidaria y a los beneficios del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad en Salud.

También pudieron acceder a el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (Beps) que brinda una protección especial en la vejez.

Los expertos añadieron que el Seguro Inclusivo para la protección al trabajador de los riesgos de la actividad laboral y algunas enfermedades cubiertas por el Beps también fueron beneficios adicionales del famoso piso de protección social.

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