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  • Alejandra Rico Muñoz

jueves, 10 de agosto de 2023

La ley 2283 de 2023 establece que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán tomar un seguro obligatorio individual

A partir del primero de agosto entró en vigencia la obligación de los CDA (Centro de Diagnóstico Automotor) de otorgar a su costo a todo automóvil y motocicleta que lleve a cabo la revisión técnico-mecánica un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular que ampare los daños materiales causados a terceros.

El artículo 6 de la ley 2283 de 2023 establece que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán “tomar un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular, que ampare los daños materiales causados a terceros, sin cargo o sobrecosto para el usuario, por la vigencia de cada uno de los certificados emitidos".

Por lo tanto, los CDA serán tomadores de las pólizas que asegurarán a los clientes a los que se les entrega el certificado de tecnomecánica. Aquellos seguros están pensados para tener un cubrimiento mínimo de los daños materiales causados a terceros.

"A diferencia de esto, el Soat (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) están pensados para cubrir los daños a la persona en su vida e integridad personal. Por lo tanto, este seguro obligatorio que deben tomar los CDA es para cubrir los daños materiales que puedan suceder en accidentes de tránsito, mientras que el Soat es destinado para indemnizar los daños a la integridad física de las personas envueltas en accidentes de este tipo y que incluye: gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios; indemnización por incapacidad permanente; gastos por muerte y gastos de transporte y movilización de las víctimas", explicó Juan Francisco Navarrete González, de Navarrete Consultores.

Inconstitucionalidad

Se han presentado ocho demandas de inconstitucionalidad, de las cuales tres fueron rechazadas. "El común denominador de las demandas es la libertad de competencia al imponérsele a los CDA una carga económica que no están obligados a asumir, entre otras, porque no existe relación de interés asegurable entre el CDA y el dueño de automotor asegurado", Julián Roberto Ávila, socio Seguros y Reaseguros Dret Legal.

Ciudadanos solicitaron que se declarara la inexequibilidad del artículo 6 de la Ley 2283 de 2023 pues, según su criterio, la norma demandada, que establece unos seguros que deben ser adquiridos por los CDA, no guarda conexidad con el título de la ley, que hace referencia únicamente al buen funcionamiento de los CEA (Centros de Enseñanza Automovilística). "Los demandantes alegan que el artículo demandado fue introducido sin ser discutido en primer y segundo debate ante la Cámara de Representantes, además, se estudiaba la norma para resolver un problema jurídico referente a los CEA y terminó imponiendo obligaciones en cabeza de los CDA", concluyó Navarrete.

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