Sanciones a las que se puede enfrentar por hacerle ciertas modificaciones a su vehículo
Entre los cambios que están prohibidos está el uso de vidrios polarizados que superen los niveles máximos o alterar la placa
27 de febrero de 2026
Si usted es de las personas que le gusta modificar ciertos aspectos de su vehículo debe tener claro ciertos lineamientos. Y es que en algunos casos, alterar la apariencia de un vehículo puede parecer una decisión estética o funcional sin mayores implicaciones, pero en Colombia varios de estos cambios están regulados por el Código Nacional de Tránsito y pueden acarrear multas, inmovilización del carro o moto e incluso investigaciones penales.
Algunas alteraciones como tapar la placa, modificar sus caracteres o cambiar el color del carro sin reportarlo violan normas administrativas. En el caso de la primera, Daniela González, directora jurídica en Navarrete Consultores, explicó que la placa es un elemento de identificación oficial, por lo que alterarla, cubrirla o dificultar su lectura constituye infracción y la posibilidad de ser procesado penalmente.

Algunas de las conductas sancionables en este caso es cubrir total o parcialmente la placa con cintas, acrílicos oscuros, barro, calcomanías o dispositivos; doblarla o modificar su forma; e instalar mecanismos que impidan su plena visibilidad.
González explicó que algunas de las consecuencias pueden ser una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, Smldv, lo cual es equivalente a $875.452. También se expone a la inmovilización del vehículo en ciertos casos y una eventual investigación penal si se demuestra intención de evadir controles. “La placa debe ser legible, visible y sin alteraciones en todo momento”, recalcó González.
Cambio de color y de placa
En caso que usted quiera cambiar el color de su vehículo lo que debe hacer es solicitar actualización de características ante el organismo de tránsito, realizar la inspección física del vehículo y actualizar la licencia.
Esto debido a que el color es un dato de identificación en el Registro Único Nacional de Tránsito, Runt. Si usted no actualiza el color en esta licencia podrá tener multas de 15 Smldv y una posible inmovilización hasta que se normalice esta situación.
Mientras que por el lado de la placa, usted tiene totalmente prohibido alterar letras o números, repintar, modificar tipografía y usar placas no oficiales. Si lo llega a hacer puede enfrentar multas dependiendo el caso, inmovilización del vehículo, y si se falsifica o suplanta, puede configurarse esto como delito de falsedad en documento público. González detalló en que la placa solo puede ser expedida por la autoridad competente.
Juan Diego Guzmán Botero, socio de Galo Estudio Legal, señaló que “de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito Terrestre, cualquier modificación o cambio en las características que identifican un vehículo automotor, estará sujeto a la autorización previa por parte de la autoridad de tránsito competente y deberá inscribirse en el Registro Nacional Automotor”.
Modificaciones externas
Entre las modificaciones externas que están prohibidas en carros y motos se encuentra que se alteren condiciones técnico-mecánicas sin autorización; modifiquen dimensiones o estructura sin registro; instalen luces no reglamentarias, como luces estroboscópicas o colores reservados a autoridades; que se usen vidrios polarizados por fuera de niveles permitidos sin autorización; generen ruido superior a límites legales, como la modificación del escape; o que se instalen dispositivos para evadir controles, como antirradares activos u ocultadores de placa.
“Las reformas deben registrarse ante tránsito si alteran características consignadas en la licencia”, explicó González. En caso que sean infracciones de conducta esta será al conductor identificado. Mientras que si son infracciones detectadas por medio tecnológicos inicialmente se notificarían al propietario, el cual puede identificar al conductor, impugnar o aceptar la responsabilidad.
Antecedentes
La directora jurídica en Navarrete Consultores indicó que hay casos denominados responsabilidad solidaria, en los cuales el propietario y el conductor pueden resultar vinculados, especialmente si se demuestra tolerancia o autorización de la conducta irregular. Guzmán también explicó que, de acuerdo con el Código Civil, el conductor no puede alegar el desconocimiento de la norma como motivo para evitar las sanciones que se le vayan a imponer.
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