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  • María Camila Gil Niebles

martes, 20 de diciembre de 2022

Si el empleador no realiza el alza a los demás trabajadores, se estaría incurriendo en "enriquecimiento sin causa propietarialidad"

El alza del salario mínimo es una de las concertaciones más importantes a final de año. Los gremios, empresarios y el Gobierno se reúnen para llegar a un acuerdo, que para 2023 quedó en $1.160.000, lo que representa un incremento de 16%, mientras que el aumento para el subsidio de transporte será de 20% por lo que queda en $140.606. El salario da un total de $1.300.606.

Las personan que ganen el salario mínimo recibirán el aumento, que si bien no representa mucho comparado con la inflación que cerrará por encima de 10%, es una de las alzas más altas que se han registrado.
Uno de los cuestionamientos que giran en torno al tema es: ¿qué pasa con los salarios por encima del mínimo?

LR consultó a abogados para saber cuáles son los posibles escenarios.
Uno de los casos está dado por la Corte Suprema de Justicia, pues como no hay una norma en el Código Laboral que obligue a incrementar o ajustar el salario al IPC (Índice de Precios al Consumidor), el salario deberá ajustarse entre empleador y trabajador con base en una negociación individual o colectiva para elegir un incremento que vaya acorde.

Mientras que la Corte Constitucional establece que el salario debería ajustarse año a año.
“Si el empleado no realiza el alza a los demás trabajadores, se estaría incurriendo en enriquecimiento sin causa propietarialidad, porque se estaría pagando menos, es decir es más volumen, pero por la depreciación económica colombiana ese valor se reduce”, según explicó Iván Jaramillo Jssir, abogado y director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.

LOS CONTRASTES

  • Karla EscobarAbogada laboral de CMM Abogados

    “Creo que el acuerdo del mínimo fue equilibrado y muy favorable. También es necesario que los empleadores aumenten el salario de los que ganan más del mínimo”

  • Iván JaramilloDir. Observatorio Nacional U. Rosario

    “Es necesario que los empleadores también aumenten el salario de aquellos empleados que ganan más del mínimo, y tener en cuenta que habrá efectos inflacionarios”

¿Qué pasa con las empresas que aseguran no poder cumplir con el alza?
“Según la jurisprudencia, hay un factor financiero donde las empresas deberán demostrar que como empresarios no pueden incrementar los salarios de los trabajadores, porque al hacerlo acabaría con la compañía, en este caso un año que no se incremente no pasaría nada. Venimos de una pandemia que ha durado dos años, seguramente muchas no tienen los fondos suficientes”, asegura Karla Escobar, abogada de laboral de CMM Abogados.

Este escenario solo es posible si se logra demostrar legalmente que la compañía no tiene fondos para cumplir con lo establecido, de lo contrario el trabajador no puede perder.

“No incrementarlo significa un enriquecimiento para el empleador y no para el trabajador”, añade Escobar.
Actualmente hay un proyecto en curso en el Congreso para que quede establecido en la ley el ajuste de salarios año a año a trabajadores que ganan más del mínimo. “Esto sobre todo por los efectos inflacionarios de una economía como la nuestra, que si bien todavía no se sabe en cuanto quedará se pronostica que será alta”, dice Jaramillo.

Si bien el año pasado también se tuvo un acuerdo concertado generoso, la inflación ocasionó que se neutralizara muy rápido, esto ocasionó que, más o menos, a mayo o junio se tuviera que presentar un reajuste.
En todo caso, los que ganan el mínimo tendrán su incremento equivalente con el IPC, pero el riesgo es para quienes ganan un poco más del mínimo y, con el aumento del salario mínimo, quedarían por debajo del piso fijado por el Gobierno, deberán recibir, en todo caso, un ajuste que los nivele para que no queden por debajo de lo establecido.

Por ejemplo, si un trabajador gana este año $1,1 millones y la inflación cierra en 12%, su aumento sería de $132.000, con lo que el total quedaría en $1,23 millones. Sin embargo, si el Gobierno fijara el mínimo en $1,3 millones, como sucedió, el empleador deberá ajustar el monto.

“Cuando el salario integral es superior a los 13 mínimos, los aumentos se deben regir por la misma norma que cobija a los otros casos y el mismo principio de movilidad”, apuntó Carlos Hernán Godoy, socio director de Godoy Córdoba.

“Es necesario que los empleadores también aumenten el salario de aquellos empleados que ganan más del mínimo”, agregó Jaramillo.

Para Escobar, “en teoría el alza del salario mínimo es superior a la inflación y el trabajador podría mantenerse; sin embargo, en esta economía que tenemos, inflacionaria principalmente, el aumento no va a significar mucho. Las personas van a seguir comprando lo que normalmente hacían, pero nada más. Con ese incremento ningún trabajador se va a enriquecer”.

En caso de que el trabajador no reciba su ajuste laboral se pueden presentar dos escenarios. “En materia de aumentos y ajustes el Ministerio del Trabajo, por conducto de inspección, vigilancia y control, puede imponer multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, explicó Jaramillo.

Adicionalmente, y más allá de la actuación de la cartera, las empresas que no suban los sueldos se enfrenta a la contingencia de que, cuando el trabajador se retire o tenga algún problema, reclame a través de una demanda laboral. “Los jueces laborales del circuito pueden ordenar la reliquidacion y sanción moratoria si hay lugar a ello”, concluyó.

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