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  • Alejandra Rico Muñoz

miércoles, 5 de abril de 2023

Las aerolíneas violaron el RAC 5 por cancelar los vuelos de imprevisto, los administradores podrían afrontar una demanda por estafa

Las aerolíneas ‘low cost’ pasan por una temporada oscura desde marzo, debido a que los aviones de Ultra Air y Viva Air dejaron de volar, la primera con tan solo un año en el mercado.

Debido a esta situación y en plenas vacaciones de Semana Santa, cerca de 70.000 personas quedaron sin una opción para viajar.

De acuerdo con cifras compartidas en el Puesto de Mando Unificado instalado para atender la emergencia en el transporte aéreo durante Semana Santa, hasta el momento se recibieron más de 60.000 quejas de pasajeros que tenían tiquetes de Ultra Air, de los cuales 3.043 recibieron algún tipo de protección.

Una de las figuras legales a las que podrían apelar los viajeros que están cansados de que sus derechos se vean vulnerados es la demanda colectiva. El principal requisito para que los usuarios puedan presentar una acción de este tipo y sea aceptada en los tribunales es que todo el grupo se vea afectado por la misma causa. Por tanto, debe darse el cumplimiento de dos condiciones: cantidad de afectados y similitud en los casos.

Otro requisito es la compatibilidad, es decir, el representante elegido debe ser apropiado y estar legitimado para la presentación de demandas colectivas. El último requisito es el de la supremacía, es decir que la acción de demanda colectiva sea el medio más adecuado para resolver el conflicto.

Para llevar a buen término la demanda colectiva, usted debe intentar un acuerdo. De no ser posible, los afectados podrán presentar una demanda de acción de grupo.

Esta demanda deberá ser presentada ante el juez civil (en caso de que sean privados los que causen el daño) o ante el juez administrativo (en caso de que quienes causaron los daños sean autoridades públicas o privadas prestando servicios públicos).

¿En qué fallaron?
Hay que tener en cuenta que las aerolíneas son empresas y se deben adherir a la ley en Colombia, el régimen de insolvencia empresarial se regula bajo la 1116 de 2006.
Esta Ley no determina con cuánto tiempo debe la empresa avisar sobre la quiebra.

“Sin embargo, sí hay responsabilidad de los administradores al verificar que las condiciones no eran viables y aún así ellos intentaron seguir operando. En esas condiciones eventualmente lo que podría surgir (por seguir vendiendo tiquetes a sabiendas de la situación económica de la aerolíneas) es un delito de estafa”, aseguró Daniel Andrés Vargas, asociado senior de Holland & Knight.

Sobre este caso en particular, la cartera de Ultra agonizó durante dos meses y, de hecho, la empresa pidió ayuda al Gobierno para solventar la crisis. Posteriormente, los inversionistas anunciaron que iba a realizar una capitalización, seguido a esto cancelaron unos vuelos y la venta de tiquetes terminó. El 27 de marzo, Ultra Air confirmó que había reducido su flota y que no podía continuar con la operación.

Las aerolíneas a las que de oficio se les inicie un proceso de insolvencia bajo este régimen o que de manera voluntaria se adhieran al mismo tienen una serie de obligaciones en las cuales deben informar del proceso que se está desarrollo ante la Superintendencia de Sociedades; una vez la misma expida el auto de inicio del proceso”, aseguró Jimmy Jiménez, fundador de Integrity Legal.

Conforme a la Ley de insolvencia empresarial, en su artículo 18 en el inciso octavo, le ordena al deudor y al promotor la fijación de un aviso que informe sobre el inicio del proceso, en la sede y sucursales del deudor.

“Principalmente se vulneran los derechos del consumidor, contenidos en la ley 1480 de 2011 y por supuesto se podrían ver afectados derechos de carácter constitucional. Los afectados podrán interponer las respectivas acciones y quejas jurídicas ante la SIC”, agregó Jiménez.

En el caso puntual de Ultra Air, el Ministerio de Transporte estaba al tanto de la crisis económica y se venían realizando intentos de venta y capitalización que fueron infructuosos.

Los expertos señalaron que es deber del Ministerio propender por el buen funcionamiento del transporte y garantizar que se realicen todas las actuaciones para evitar afectación a los pasajeros en este caso de transporte aéreo.

LOS CONTRASTES

  • Marcela VarelaDir. de aeronáutica de Riveros Victoria

    “Las leyes que violó Ultra por cancelar los vuelos fueron el RAC 5, debió avisar a las autoridades de la Aeronáutica Civil de la suspensión de sus servicios”.

  • Jimmy Jiménez Fundador de Integrity Legal

    “En el caso puntual de Ultra Air, el Ministerio de Transporte estaba al tanto de la crisis económica y se venían realizando intentos de venta y capitalización que fueron infructuosos”.

¿Qué es el Rac 5?
El RAC es el reglamento aeronáutico colombiano, que tiene como función normalizar las reglas del espacio aéreo.

Teniendo en cuenta la última circular emitida por la Aeronáutica Civil vinculante al RAC 5 con referencia a las actividades de servicios aéreos en cuanto a suspensiones aéreas sin previo aviso se manejan dos generalidades.

“Cuando la aerolínea esté prestando un servicio regular en una ruta en la cual sea el único operador, deberá informar con una anticipación mínima de dos meses a la Oficina de Transporte Aéreo su determinación de suspender o cancelar el servicio, con una anticipación mínima de un mes, la aerolínea deberá publicar un aviso informando sobre dicha suspensión o cancelación en al menos dos medios de divulgación masiva y de circulación nacional, y en su propia página web y en la página web de la Aeronáutica Civil”, dijo Marcela Varela, directora de derecho aeronáutico de Riveros Victoria Abogados.

Respecto a la segunda generalidad, cuando el explotador esté presentando el servicio regular en una ruta en la cual concurren otros explotadores, deberá avisar a la Oficina de Transporte Aéreo su determinación de suspender o cancelar el servicio con una anticipación mínima de 15 días. Además, con una anticipación de 10 días antes de la fecha prevista para la suspensión o cancelación del servicio, deberá publicar un aviso informando sobre dicha suspensión o cancelación.

Demanda colectiva
Para realizar una demanda colectiva deberán cumplir los siguientes requisitos: presentar un descripción de los hechos que generaron los daños, un estimativo en dinero de los daños causados, la identificación de las 20 personas (mínimo) que resultaron afectadas por el hecho y que desean la reparación de los daños por este medio, la identificación del demandado y las pruebas que permitan al juez verificar que los daños fueron consecuencia de los hechos alegados.

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