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Edictos y Avisos Legales





EDICTOS

14 de abril de 2024

EDICTO

RAMA JUDICIAL

REPUBLICA DE COLOMBIA

JUZGADO DECIMO DE FAMILIA BOGOTÁ D.C. 

Carrera7 # 12 -C-23 piso4 – teléfono 2832386

Correo   electrónico flia10bt@cendoj.ramajudicial.gov.co 

MUERTE PRESUNTA RAD. 2023-00439 

LA SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO DE FAMILIA DE BOGOTA D.C. 

CITA  Y EMPLAZA 

A: SEGUNDO RODRIGUEZ CIFUENTES CON CEDULA DE CIUDADANÍA No. 4.169.020, cuyo último domicilio fue la ciudad de Bogotá  D.C., y su paradero actual se desconoce, para que se presente a este Despacho a  estar a derecho en el proceso por MUERTE PRESUNTA POR  DESAPARECIMIENTO que ha promovido a través de apoderado judicial por los señores ANASAEL RODRÍGUEZ DE MORA, ARMINDA RODRÍGUEZ  PUERTO, BLANCA INES RODRÍGUEZ PUERTO, ESPERANZA  RODRÍGUEZ PUERTO, FABIOLA RODRÍGUEZ PUERTO, MYRIAM  RODRÍGUEZ PUERTO y SONIA RODRÍGUEZ PUERTO, en calidad de  hijos. Igualmente se solicita a cualquier persona que tenga noticias del  desaparecido para que lo informe con la mayor brevedad posible a este Juzgado.  Los demandantes según lo expone en la demanda, sustenta como hechos  generadores de petición los que sucintamente se exponen a continuación: “… 1. Que  la señora LUISA DELIA ROJAS PUERTO y el señor SEGUNDO RODRIGUEZ  CIFUENTES contrajeron matrimonio el día 22 de mayo de 1954 en la parroquia  SAN JOSE en el departamento de Boyacá. 2. De la anterior unión nacieron las  señoras ANASAEL RODRÍGUEZ DE MORA; ARMINDA RODRÍGUEZ PUERTO;  BLANCA INES RODRÍGUEZ PUERTO; ESPERANZA RODRÍGUEZ PUERTO;  FABIOLA RODRÍGUEZ PUERTO; MYRIAM RODRÍGUEZ PUERTO y SONIA RODRÍGUEZ PUERTO. 3. El señor SEGUNDO RODRIGUEZ CIFUENTES, se  ausentó de su residencia el 01 de marzo de 1970, es decir, desde hace más 50 años,  sin que desde ese momento se tenga conocimiento de su paradero. Ese día se  comenta que salió de su casa ubicada en Bogotá y fue visto por su esposa por  última vez, sin que desde ese instante se haya vuelto a tener noticia de su  paradero. 4. Que su esposa la señora LUISA DELIA PUERTO DE RODRIGUEZ,  busco a su esposo preguntándole a sus vecinos y por último a sus familiares en  Boyacá quienes afirmaron que no lo habían vuelto a ver desde que se fue a vivir  a Bogotá. 5. Que la señora LUISA DELIA PUERTO DE RODRIGUEZ y sus hijas  cuando crecieron no lo buscaron más dado que el señor SEGUNDO RODRIGUEZ  CIFUENTES era agresivo con su familia e incluso utilizaba la violencia contra  ellas. 6. El 19 de octubre de 1981 la señora LUISA DELIA PUERTO DE  RODRIGUEZ realizó contrato de compraventa con la CAJA DE VIVIENDA  POPULAR de un inmueble ubicado en la DIAGONAL 67B SUR # 56-15.7. El 15 de  diciembre de 2020 falleció en la ciudad de Bogotá la señora LUISA DELIA  PUERTO DE RODRIGUEZ. 8. Es por lo anterior, que las hijas de la unión han  adelantado varias diligencias encaminadas a dar con su paradero, destacándose  entre ellas las siguientes: a. Solicitud a la Registraduría Nacional del estado Civil  para conocer su número de identificación. b. Solicitud al Instituto de Medicina  Legal y Ciencias Forenses. c. Solicitud a la Administradora de los recursos del  sistema General de Seguridad Social en Salud- Adres. d. Solicitud al Sisbén. e.  Solicitud de vigencia de la Cédula a la Registraduría Nacional del Estado Civil. f.  Solicitud a la fiscalía general de la Nación. g. Solicitud a la Secretaría Distrital  De Salud. 9. Hasta el momento ha sido imposible dar con su paradero y él  tampoco se ha reportado, ni ha dado muestra alguna de sobrevivencia. 10. Mis  mandantes tienen interés legítimo en la declaración de muerte presunta del señor  SEGUNDO RODRIGUEZ CIFUENTES, ya que son sus hijas…”. Dicha publicación se sujetará a lo dispuesto en el numeral 2 del art. 97 del Código  Civil y su publicación se hará en la forma prevista en el art. 583 del C.G.P. La  publicación se hará en un periódico de amplia circulación nacional (el Tiempo o la  República) y en una radiodifusora local. 

FREDY LEONARDO ORTEGATE 

Secretario 

Firmado Por: 

Fredy Leonardo Ortegate 

Secretario 

Juzgado De Circuito 

De 010 Familia 

Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 

  Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 

  

Código de verificación: 071a3c6dc3a920e744e9abf21b2d04a95cbcb52508299127823255ae5d622c82 Documento generado en 02/04/2024 12:29:05 PM 

  

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