Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO
CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE BOYACA
JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE CHIQUINQUIRA
REFERENCIA: PROCESO No. 2019-00110
CLASE : EJECUTIVO HIPOTECARIO
DEMANDANTE: LUIS EDUARDO CASTRO VILLALOBOS
DEMANDADO: AUGUSTO MATEO MENDIETA VALBUENA
AVISO DE REMATE
EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE CHIQUNQUIRA HACE SABER, que en el proceso de la referencia, mediante auto de fecha diez (10) de Abril del año dos mil veinticinco (2025), se fija la hora de las nueve y treinta de la mañana ( 9:30 a.m.) del dia 27 de mayo de 2025, para llevar a cabo la diligencia de Remate del inmueble legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro de este proceso con las formalidades indicadas en el Articulo 448 y ss del C.G.P., y demás normas concordantes, INMUEBLE OBJETO DE LA SUBASTA: LOTE Número NUEVE (9) de la Manzana "S" de la Urbanización EL BOSQUE Tercera Etapa de la ciudad de Chiquinquirá, identificado con la cedula catastral No. 00-00-0003-0803-000 y matricula inmobiliaria No. 072-49239 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la ciudad de Chiquinquirá, y comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE, en catorce metros (14.00 Mtrs.) linda con el lote numero 8; POR EL COSTADO OCCIDENTE, linda en siete metros(7.00 Mtrs) , con el lote numero veintidos (22);POR EL ORIENTE, linda con vía pública (carrera 3a este) en distancia de siete metros (7.00 Mtrs) y POR EL SUR, con el lote numero diez (10) en extension de catorce metros (14.00 Mtrs) y encierra.(linderos tomados de la escritura publica No. 1555 de fecha 03 de Agosto de 2017 de la Notaria Primera de la ciudad de Chiquinquirá.). El inmueble no posee servicios públicos de agua, luz y alcantarillado. EL INMUEBLE FUE AVALUADO PERICIALMENTE EN LA SUMA DE VEINTINUEVEMILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MCTE. ($29´400.000,oo). La Licitación comenzará el día 27 de mayo del 2025 a la hora de las 9:30 a.m. y se cerrará solo una hora después de abierta, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo presentado y aprobado por este Despacho, previa consignación del 40% del justiprecio del mismo y cuando se trate del acreedor hipotecario rematante por cuenta de su crédito, la postura admisible para pretender la adjudicación del inmueble hipotecado deberá ser por el 100% del avalúo aprobado. Publíquese el aviso por una sola vez. en día Domingo, en cualquiera de los diarios: El Tiempo, El Espectador u otro de amplia circulación, con antelación no inferior a 10 días a la fecha señalada para el remate. Con la copia informal de la página del periódico deberá aportarse certificado de tradición y libertad del inmueble a rematar expedido dentro del mes a la fecha prevista para la diligencia de remate, en cumplimiento con lo ordenado en el artículo 450 del C.G.P.
CAMILO ANDRES FAJARDO CORREDOR
Secretario
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