Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
ART. 450 DEL C.G.P.
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE TUNJA
PROCESO EJECUTIVO-GARANTIA REAL – DEMANDANTE: ANA VIRGINIA ALBARRACÍN CELY -DEMANDADO:FUNDACIÓN CASA LUNA - RADICADO No.152040189001-2020-00021-00 -INSTANCIA PRIMERA-DECISIÓN FIJA FECHA REMATE . Se señala el día TRECE (13) del mes de NOVIEMBRE de dos mil veinticinco (2025), a la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 AM),para realizar SUBASTA JUDICIAL VIRTUAL DE REMATE de los inmuebles de propiedad de la ejecutada FUNDACIÓN CASA LUNA, a saber: APARTAMENTO No. 801 ubicado en la Carrera 1A Este No. 42 A-60 Manzana I del Edificio Barlovento de Tunja y el PARQUEADERO No. 53 ubicado en la Carrera 1A Este No. 42 A-60 Manzana I del Edificio Barlovento de Tunja, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 070-210285 (Avaluado $294.999.978) y 070- 210357 (Avaluado $20.499.998), respectivamente (Según Escritura Pública No. 1062 del 9 de junio de 2017), embargado, secuestrado y avaluado dentro del presente proceso. Se advierte a las partes y demás intervinientes en el presente proceso que la audiencia se realizará mediante la plataforma MICROSOFT TEAMS. En esta providencia se le comparte el link por medio del cual podrán acceder a la misma, así como, el protocolo y demás requisitos tecnológicos que permitan su realización LINK: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_OGVjODRmM2YtMGZlNi00ZWYwLTgwYzEtNGMwZTI2NjY2YmE5%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%22ac87ef1d-f535-40e6-9371-70d9c4a229d5%22%7d. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avaluó dado a los bienes, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 448 del C.G.P. Se advierte que la persona adquirente del remate deberá pagar el impuesto que prevé el artículo 7 de la ley 11 de 1987. En la cuenta del BANCO AGRARIO No 3– 082–00-0063–5-8, denominada DTN Impuesto de remate del 5% sobre el valor final del remate, con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia. Toda persona que pretenda hacer postura en la subasta en el Módulo de Subasta Judicial Virtual, deberá consignar previamente en dinero, a órdenes del juzgado, el cuarenta por ciento (40%) del avalúo del respectivo bien; y, podrá hacer postura consignando dentro de los cinco (5) días anteriores o previo al remate. La oferta debe remitirse de forma digital, legible, debidamente suscrita, en formato PDF al correo del Juzgado y será irrevocable; la clave para aperturar la oferta, será suministrada por cada ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la Audiencia Virtual, en la forma y oportunidad prevista del artículo 452 Ejusdem. Se advierte, que sólo se tendrá por presentadas en debida forma las posturas electrónicas oportunamente allegadas. Conocida por el Juez en la Vista Pública Virtual de Remate, la clave de parte del oferente, abrirá la oferta digital y la leerá, con las formalidades y requisitos del artículo 452 Ib. La postura será reservada y permanecerá bajo custodia del Juez, en el buzón digital del Despacho, de ahí, que en la Audiencia Virtual es necesaria la presencia de los postores u ofertantes. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará si no después de que transcurra una hora desde el comienzo de la Licitación, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 452 del CGP. La parte interesada, anunciará al público que el remate se realizará en Audiencia Virtual a través de las plataformas y/o herramientas dispuestas por el Consejo Superior de la Judicatura, informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible en el Micrositio disponible del Juzgado Tercero Civil del Circuito de Oralidad de Tunja habilitado por la Rama Judicial, mediante la inclusión en un listado que se publicará, por escrito, por una sola vez en un periodo de amplia circulación que podrá ser; La República, El Espectador o El Tiempo, un día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, y que deberá contener los presupuestos indicados en el artículo 450 del CGP. Además, en la publicación, deberá informar que el link para acceder a la Audiencia de Remate Virtual está publicado en la página www.ramajuidicial.gov.co – Micrositio de este Despacho Judicial. La parte actora deberá allegar una copia informal de la página del periódico en el cual se haya hecho la publicación, por escrito, antes de la apertura de la licitación, junto con un certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro del mes anterior para la fecha prevista para la diligencia de remate, los cuales se remitirán de manera legible en formato PDF al correo de este Despacho j03cctotun@cendoj.ramajudicial.gov.co. Datos del secuestre: Carmen Sofía Fuentes Cáceres- Grupo Prosperar ABB-Dirección: Calle 18 No 11-32E Edificio Banco del Estado Oficina 501-Cel: 3176795580-3134478355.
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