Edictos y Avisos Legales
AVISO
ARQ. RAFAEL HOMERO PINTO PINTO
CURADOR URBANO N° 2 DE SOGAMOSO
NIT. 74.337.072-7 AVISO Dando cumplimiento al artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077-15, el Curador Urbano No 2 de Sogamoso ordenó publicar la parte resolutiva de la Resolución No 26-0076 de fecha 03 de febrero del 2026, mediante la cual se concedió licencia de construcción modalidad: obra nueva y demolición total, del expediente con radicado N° 15759-2-25-0358 y ventanilla única N° CU2-2025-2281 de fecha 01 de agosto del 2025, para que cualquier interesado que no hubiere intervenido en el trámite y le asista legitimación para hacerlo, podrá interponer los recursos de reposición y de apelación dentro de los diez (10) días siguientes a esta publicación. EL Curador Urbano N°2 Sogamoso RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Conceder licencia urbanística Modalidad obra nueva y demolición total, proyecto mixto multifamiliar de cuatro pisos y mezanine, para uso industrial y residencial, al predio identificado con Número Catastral 157590102000003320039000000000, Matrícula inmobiliaria 095-38280, área general de lote 267,30m2, ubicado en la Calle 53B #11E - 64, Barrio Álvaro González Santana, en el cual consta como propietarios y poseedores del predio el señor HECTOR LOPEZ RODRIGUEZ identificado con CC No 19.431.139 expedida en Bogotá D.C, la señora LAURA MILDRED LOPEZ BERNAL identificada con CC No 46.385.473 expedida en Sogamoso, la señora INGRY YOHANNA LOPEZ BERNAL identificada con CC No 23.810.974 expedida en Nobsa y la señora KAREN ELIANA LOPEZ BARRERA identificada con CC No 1.057.609.222 expedida en Sogamoso, actuando como titulares de la solicitud de licencia. Modalidad obra nueva y demolición total, proyecto mixto multifamiliar de cuatro pisos y mezanine, para uso industrial y residencial. El primer piso se constituye de dos locales, dos baños, taller, patio y mezanine. El segundo, tercer y cuarto piso se compone de una unidad habitacional que cuenta con sala, comedor, cocina, patio de ropas, una alcoba principal, una alcoba complementaria, un estudio y un baño. Cubierta liviana a un agua, terraza y placa de tanques. Según planos aprobados. ARTICULO SEGUNDO: según el Decreto 1077 de 2015 articulo 2.2.6.1.2.3.6 modificado por el Decreto 1203 de 2017, articulo 11 y articulo 23 del Decreto 1783 de 2021, el titular de la licencia deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones 16. Adicional a las obligaciones establecidas en el artículo respectivo el Titular deberá instalar un aviso visible durante la ejecución de las obras, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.4.9 del Decreto 1077 de 2015, el titular de la presente licencia deberá instalar, antes del inicio de la ejecución de las obras, un aviso informativo en lugar visible desde la vía pública de mayor jerarquía que confronte el inmueble, el cual deberá permanecer durante toda la duración de la construcción. ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente Resolución, proceden los recursos de reposición ante la Curaduría Urbana N° 2 de Sogamoso y el de apelación ante el alcalde Municipal o su delegado; según lo establece el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso. ARTÍCULO SÉPTIMO: Una vez en firme el presente acto administrativo lo podrá encontrar en la página web de la curaduría. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Sogamoso, a los veintiséis (26) días del mes de febrero de 2026
(CON FIRMA EXISTENTE) RAFAEL HOMERO PINTO PINTO Curador Urbano N° 2
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