Edictos y Avisos Legales
EDICTO
RAMA JUDICIAL
REPUBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO TREINTA Y DOS DE FAMILIA
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EDICTO
LA SECRETARIA DEL JUZGADO TREINTA Y DOS DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C.
EMPLAZA
Al señor ARTURO FONSECA TÓRRES, para que en el término de quince (15) días comparezca a este Juzgado por sí o por medio de apoderado a recibir notificación personal del auto de fecha nueve (9) de marzo de dos mil veintiséis (2026), proferido dentro del proceso de DECLARACIÓN DE MUERTE
PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO del señor ARTURO FONSECA TÓRRES con radicado 11001311003220260008300, que instauró mediante apoderado judicial MAURICIO FONSECA TÓRRES en condición de hermano, igualmente se previene a quienes tengan noticias del señor ARTURO FONSECA TÓRRES para que se comuniquen a éste Juzgado ubicado en la calle 12 C No. 7-36 piso 16, de cuya demanda se desprende el siguiente extracto: 1. ARTURO FONSECA TORRES, nació en la ciudad de
Bogotá D.C., el día nueve (9) de septiembre de 1969, siendo sus padres ARTURO FONSECA BERNAL quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 17.045.793 (Q.E.P.D.) y MARÍA LUISA TORRES DE FONSECA quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía No. 41.367.222 (Q.E.P.D.); siendo registrado en la Notaría Segunda del Círculo de Bogotá el diez (10) de septiembre de 1969 a folio 139, tomo 142. 2. ARTURO FONSECA TORRES es el cuarto de cinco hermanos, MARIA DEL CARMEN
FONSECA TORRRES, MARIA ESTRELLA FONSECA TORRRES, ALCIRA FONSECA TORRES, MAURICIO FONSECA TORRES. 3. ARTURO FONSECA TORRES, vivía con sus padres ARTURO FONSECA BERNAL (Q.E.P.D.) y MARÍA LUISA TORRES DE FONSECA (Q.E.P.D.), y su hermano MAURICIO FONSECA TORRES en la Calle 46 Sur No. 11-36 Este barrio Altamira de la ciudad de Bogotá, lamentablemente debido a que el señor ARTURO FONSECA TORRES era consumidor de sustancias alucinógenas, maltrataba a sus padres, y sus hermanos debían ir en altas horas de la noche ante el llamado de sus progenitores para evitar que él les causará daño. 4. ARTURO FONSECA TORRES, estuvo en algunos centros de rehabilitación, pero no fue posible su recuperación. 5. ARTURO FONSECA TORRES, estuvo detenido en el CENTRO CARCELARIO “LA MODELO” en la ciudad de Bogotá. 6. ARTURO FONSECA TORRES visitaba la casa de su hermana ALCIRA FONSECA TORRES ubicada en la Calle 44 B No. 11 B -20 sur Barrio Altamira, en la ciudad de Bogotá, ella le daba comida, ropa y le indicaba que ingresará al centro de rehabilitación, pero el señor ARTURO FONSECA TORRES, no aceptaba y por el contrario tenía actitudes grotescas y agresivas. 7. Por el fallecimiento de la progenitora MARÍA LUISA TORRES DE FONSECA (Q.E.P.D.) ocurrida el veintidós (22) de julio de 2002, y cremada en el cementerio de la calle 68 en la cuidad de Bogotá D.C. el día veinticuatro (24) de julio del año 2002, el señor ARTURO FONSECA TORRES aumento el consumo de sustancias alucinógenas se volvió más agresivo, y como vivía en la casa paterna, empezó arrendar la misma para expendio de sustancias alucinógenas, por lo que se presentaban altercados por la venta de esta, y por ende llegaba la Policía del sector, motivo por el cual se decidió sacar de la casa paterna al progenitor señor ARTURO FONSECA BERNAL (Q.E.P.D.) para protegerlo y que se fuera a vivir a la casa de una de sus hijas y su hermano el señor MAURICIO FONSECA TORRES busco
otro lugar para vivir. 8. ARTURO FONSECA TORRES, permaneció en la casa paterna ubicada en la Calle 46 Sur No. 11-36 Este, Barrio Altamira de la ciudad de Bogotá, hasta el día catorce (14) de julio del año 2014 hacia las 02:00 a.m. horas, día en que la vecina la señora GLORIA INES CASTRO llegó a la casa de ALCIRA FONSECA TORRES entre las 07:00 y 08:00 a.m, de ese día, a informarle que “al señor ARTURO FONSECA TORRES lo habían sacado de la casa, lo habían subido a un carro y se lo habían llevado en horas de la madrugada a eso de las dos de la mañana”, ante esta situación, tanto el progenitor como el hermano y hermanas se acercaron a la casa para indagar lo sucedido, pero no tuvieron respuesta ni conocimiento que personas se lo habían llevado y por qué. 9. Se procedió por parte del progenitor,
hermanas y hermano a cerrar y sellar la casa, e iniciar las acciones de búsqueda del señor ARTURO FONSECA TORRES. 10. Desde el 14 de julio de 2014 el progenitor y los hermanos, procedieron a dar inicio a la búsqueda del señor ARTURO FONSECA TORRES, pero estas fueron infructuosas, por cuanto no lograron ubicar su paradero, pese haberlo buscado en los barrios, Altamira, la victoria, juan rey, Quindío, centro de Bogotá sector el “cartucho”, Policarpa, San Bernardo, solicitando información a los vecinos, en Hospitales, Inspecciones de Policia, centros carcelarios, y centro de rehabilitación por la calle primera con
carrera 24, en Bogotá. 11. Al haber transcurrido aproximadamente un (1) mes, desde el 14 de julio de 2014 día en que fue visto por última vez ARTURO FONSECA TORRES y sin tener conocimiento de su ubicación ni paradero, se procedió por parte del progenitor señor ARTURO FONSECA BERNAL (Q.E.P.D.) y su hermano MAURICIO FONSECA TORRES a reportar su desaparición el día 28 de agosto de 2014, toda vez, que no se tenía noticia, en sentido alguno de las resultas de su búsqueda, quedando bajo el radicado No. 2014D007425, de acuerdo al certificado de registro de persona desaparecida. 12. El día veintitrés (23) de diciembre del año 2020 por parte de la señora ALCIRA FONSECA TORRES realizó solicitud a la secretaria Distrital de Salud Área de Registro, radicado 2020ER61321 a fin de que se le emitiera
certificación si el señor ARTURO FONSECA TORRES identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.495.065 de Bogotá D.C “está activo o fallecido para trámites legales” documento solicitado por el INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL. 13. Mediante oficio 022100 de fecha 01-02-2021 se recibe respuesta al radicado No. 2020ER61321 de 23/12/2020 en el que indicó: “...informamos que, consulta la base de datos sobre inhumaciones y cremaciones autorizadas por esta secretaria no se encontró registro alguno asociado con el nombre de ARTURO FONSECA CC 79495062 de Bogotá”. 14. El día tres (3) de marzo de 2021, el caso fue remitido a CAPIV, por el Instituto de MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES. 15. El día 04/03/2021 se dejó constancia de toma de muestra familiar al señor ARTURO FONSECA BERNAL (Q.E.P.D.) SIRDEC No. 2014D007425. 16. Como fecha de referencia de ausencia del señor ARTURO FONSECA TORRES identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.495.065 de Bogotá D.C., se tiene el 14 de julio de 2014 día en que fue visto hacia las 02:00 a.m., horas cuando fue visto por la vecina señora GLORIA INES CASTRO, que fue sacado de la casa ubicada en la Calle 46 Sur No. 11-36 Este barrio Altamira de la ciudad de Bogotá D.C., en horas de la madrugada y subido a un carro, desconociéndose su
ubicación y paradero por más de once (11) años seis (6) meses, sin que desde ese momento se tenga conocimiento de su paradero. 17. Mi representado, desde esa fecha ha adelantado diligencias tendientes a dar con su localización, realizando entre otras, las siguientes: Solicitando información a los vecinos de los barrios, Altamira, la victoria, juan rey, Quindío, buscando en el centro de Bogotá sector el “cartucho”, Policarpa, San Bernardo, en Hospitales, Inspecciones de Policía, centros carcelarios, y centro de rehabilitación por la calle primera con carrera 24, en Bogotá D.C. Se ha consultado afiliación SISBEN y no está registrado. 18. Desde 14 de julio de 2014 fecha en que fue visto por última vez hasta la fecha de presentación de la demanda han transcurrido más de once (11) años seis (6) meses y a pesar de las
constantes diligencias investigativas tanto oficiales como particulares, no se ha podido obtener información sobre el paradero del mencionado señor. 19. Se encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidas por la ley para la declaración de muerte presunta por causa de desaparecimiento del señor ARTURO
FONSECA TORRES identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.495.065 de Bogotá D.C. 20. El señor ARTURO FONSECA TORRES identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.495.065 de Bogotá D.C., hasta el tiempo en que se ausentó, era soltero y carecía de descendientes legítimos y naturales, razón por
la cual, mi poderdante por ser su hermano legítimo tiene derecho a solicitar la declaración judicial de muerte presunta por desaparecimiento de su hermano, por lo que me ha conferido poder especial para entablar la demanda respectiva”.
Se advierte al emplazado que, si no comparece en el término indicado, se procederá a nombrar Curador Ad-Lítem a quien se le notificará la demanda y se proseguirá el proceso. Para dar cumplimiento a lo previsto en el numeral 1o del artículo 584 del Código General del Proceso, con sujeción al numeral 2o del artículo 97 del Código Civil, se fija el presente edicto en la página web de la Rama Judicial: Inicio - Publicaciones Procesales (ramajudicial.gov.co), por el término de Ley y se remite
copia para su publicación, siendo las 8:00 a.m. de hoy 24 de marzo de 2026.
MARÍA OLIVIA LÓPEZ PACHÓN
SECRETARIA
Firmado Por:
Maria Olivia Lopez Pachon
Secretario Circuito
Juzgado De Circuito
Familia 32 Oral
Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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