Edictos y Avisos Legales
AVISO
JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL VILLA ESPERANZA-PERSONERIA JURIDICA 106 DEL 01/05/2021-MUNICIPIO DE CUMARAL – META
La Junta de Acción Comunal del asentamiento humano VILLA ESPERANZA, en ejercicio de las facultades derivadas del proceso de legalización urbanística adelantado por el Municipio de Cumaral, Meta, se permite informar a todos los propietarios, poseedores, ocupantes e interesados de los predios ubicados dentro del asentamiento humano denominado VILLA ESPERANZA, legalizado mediante Resolución No. 50-226-024-192 del 17 de diciembre de 2024 expedida por la Secretaría de Planeación Municipal de Cumaral, que actualmente se adelantan las actuaciones tendientes a la protocolización, ajuste predial, incorporación de áreas de cesión, vías públicas, equipamientos comunales y demás actuaciones notariales necesarias para dar cumplimiento a dicho acto administrativo. De conformidad con la citada resolución, el proceso de legalización urbanística aprobó las áreas destinadas a espacio público efectivo, zonas verdes, equipamiento comunal y vías públicas que deberán incorporarse al ordenamiento urbanístico del asentamiento humano Villa Esperanza.
No obstante, a la fecha existen propietarios y titulares de derechos reales que no han comparecido o no han aportado la documentación necesaria para culminar el proceso de escrituración y formalización derivado de la legalización urbanística, situación que podría afectar el cumplimiento de los términos establecidos en el acto administrativo. Por lo anterior, la Junta de Acción Comunal de Villa Esperanza: REQUIERE Y CONVOCA A los propietarios, titulares de derechos reales, herederos, sucesores, poseedores o cualquier persona que tenga interés legítimo sobre los inmuebles ubicados dentro del asentamiento humano Villa Esperanza y que aún no hayan participado en el proceso de formalización y escrituración, para que comparezcan dentro de los TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO siguientes a la publicación del presente aviso. Los interesados deberán presentar: -Copia de documento de identidad. -Certificado de tradición y libertad actualizado. -Escritura pública o documento que acredite derechos sobre el inmueble. -Paz y Salvo del predio. -Cuota pago y Gastos Notariales. -Los demás documentos requeridos para el proceso de protocolización y formalización. ADVERTENCIA La presente publicación tiene como finalidad garantizar los principios constitucionales de publicidad, participación, transparencia, buena fe y debido proceso, así como salvaguardar los derechos de los propietarios y residentes del asentamiento humano Villa Esperanza. En consecuencia, vencido el término indicado sin que los interesados comparezcan, la Junta de Acción Comunal continuará las actuaciones administrativas, notariales y de gestión necesarias para dar cumplimiento a la Resolución No. 50-226-024-192 de 2024 y a los compromisos derivados del proceso de legalización urbanística, dejando constancia de la presente convocatoria pública.
La presente publicación se realiza igualmente con copia a la Personería Municipal de Cumaral, Meta, para efectos de control preventivo, garantía de derechos ciudadanos y acompañamiento institucional. INFORMES Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS- JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL VILLA ESPERANZA RELACIÓN DE PROPIETARIOS Y TITULARES DE DERECHOS REALES REQUERIDOS PARA COMPARECER AL PROCESO DE ESCRITURACIÓN Y FORMALIZACIÓN URBANÍSTICA DE VILLA ESPERANZA
La Junta de Acción Comunal de Villa Esperanza informa que, a la fecha de publicación del presente aviso, no se ha logrado la comparecencia efectiva de los siguientes propietarios o titulares registrales, razón por la cual se les convoca públicamente para que comparezcan dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presente publicación: 230-139030, 230-139032, 230-139033, 230-139037,230-139038,230-139040,230-139043,230-139046,230-139047,230-139048,230-139050,230-139054,230-139056,230-139057,230-139063,-230-139070, 230-139074, 230-139081, 230-139082, 230-139083, 230-139084, 230-149652, 230-139087, 230-139088, 230-139090, 230-139094, 230-139095, 230-139096, 230-139098, 230-139099, 230-139100, 230-139102, 230-139107, 230-139108, 230-139109, 230-139110, 230-139113, 230-139114, 230-139120, 230-139121, 230-139129, 230-139130, 230-139131, 230-139137, 230-139138, 230-139139, 230-139140, 230-139145, 230-139146, 230-139155, 230-139158, 230-139161, 230-139165, 230-139170, 230-139177, 230-139178, 230- 230-139189, 230-139197, 230-139199,230-139205,230-139207, 230-139208, 230-139210, 230-139211, 230-139212, 230-139215, 230-139217, 230-139218, 230-139220, 230-139226, 230-139227, 230-139229, 230-139230. "La presente convocatoria se realiza con fundamento en la información registral y catastral disponible a la fecha. Si existe transferencia, sucesión, posesión o cualquier modificación posterior de la titularidad, el actual titular o interesado deberá acreditarlo dentro del término señalado."
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