Edictos y Avisos Legales
AVISO
MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., modifica el numeral 31 - 15 del Capítulo V, numeral 44 del Capítulo VIII del Contrato de Condiciones Uniformes y quedara así: CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES: CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
31.- OBLIGACIONES DE MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P: Sin perjuicio de las que por vía general impongan las leyes, los decretos del ejecutivo, resoluciones de la CREG y demás actos emanados de la autoridad competente son obligaciones de MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P., salvo los casos de fuerza mayor o caso fortuito, las siguientes:
15. MADIGAS INGENIEROS S.A E.S.P., entregara la factura en el inmueble objeto de la prestación del servicio o electrónicamente bien sea al correo electrónico y/o mensaje texto, wasaht y otros de la misma índole autorizado por el usuario. La factura deberá ser entregada con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de su vencimiento.
CAPITULO VIII DE LAS FACTURAS:
44.- OPORTUNIDAD Y SITIO PARA SU ENTREGA: MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. deberá facturar en forma oportuna los servicios objeto de suministro. Para estos efectos, el lapso de tiempo comprendido entre la fecha de lectura del medidor del suscriptor o usuario y la fecha de entrega de la respectiva factura, no podrá ser superior a un periodo de facturación, salvo los casos en que medie mora del suscriptor o usuario, caso en el cual podrán cobrarse los saldos insolutos de los periodos anteriores. Es derecho del suscriptor o usuario recibir oportunamente la factura y así mismo MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P. se obliga a entregarla por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno señalada en la misma, en el lugar convenido para el efecto con el suscriptor o usuario en concordancia con el numeral 31 - 15. PARÁGRAFO: El usuario tiene derecho a solicitar duplicado de la(s) facturas (s) en cualquier momento. Excepcionalmente Madigas ante las circunstancias de imprevistas o ajenas a su voluntad que impidan la entrega de las facturas durante un periodo de facturación informará oportunamente de tal circunstancia a los usuarios y les indicarán en que se les entregará la factura correspondiente a dicho periodo, la entrega de dicha factura no excederá de 3 meses, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente en que se presente el caso excepcional o circunstancia imprevistas.
FDO. ASCLEPIADES RINCON MENDOZA. Gerente. MADIGAS INGENIEROS S.A. E.S.P.
V-420
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