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Edictos y Avisos Legales





RESOLUCIONES

26 de marzo de 2026

RESOLUCION

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY 

RESOLUCION No. AACU2G-  0.164  16 03 2026 

RAD: N° 68307226-0046 DEL 11 DE FEBRERO DE 2026 

POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA DE SUBDIVISION EN MODALIDAD DE SUBDIVISION RURAL 

RESUELVE: 

PRIMERO: CONCEDER LICENCIA DE SUBDIVISION EN MODALIDAD SUBDIVISION RURAL a ROBERTO HARKER VILLAMIZAR identificado con cedula de ciudadanía No. 91.244.565 en su calidad de propietario del predio denominado LOTE DE TERRENO UBICADO EN EL MUNICIPIO DE GIRON LOTE 1, del municipio de San Juan Girón, identificado con el número predial 68307-00-00-0000-0013-0010-0-0000-0000 en MAYOR EXTENSION, matrícula inmobiliaria N° 300-453202. 

SEGUNDO: AUTORICESE LA SUBDIVISION del predio identificado como LOTE DE TERRENO UBICADO EN EL MUNICIPIO DE GIRON LOTE 1, del Municipio de San Juan de Girón, con un área de 23 HECTAREA 5.640 m2, el cual se divide en DOS (2) LOTES así: 

LOTE   METROS CUADRADOS   SERVIDUMBRE  TOTAL, M2
LOTE 1   165.640,00 M2         365,00 M2    165.640,00 M2
LOTE 3   70.000,00 M2          365,00 M2     70.000,00 M2
TOTAL  235.640,00 M2         730,00 M2     235.640,00 M2

NOTA: EL AREA DE SERVIDUMBRE HACE PARTE DEL AREA  TOTAL DE LOS LOTES 

TERCERO: Con fundamento en el Decreto 1077 del 2015 modificado por el Decreto 1783 de 2021 la vigencia de la presente resolución será: "Las licencias de subdivisión tendrán una vigencia improrrogable de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en la que quede en firme el acto administrativo que otorga la respectiva licencia, para adelantar actuaciones de autorización y registro a que se refieren los artículos 7 de la Ley 810 de 2003 y 108 de la Ley 812 de 2003 o las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan, así como para la incorporación de estas subdivisiones en la cartografía oficial de los municipios". 

CUARTO: Una vez concedida la licencia respectiva, el propietario se compromete al cumplimiento de las normas ambientales establecidas por la Corporación Autónoma Regional a quien le compete (CDMB y/o ÁMB); y el Plan de Ordenamiento Territorial de Girón; así como  responder por las compensaciones y perjuicios ambientales que causare la ejecución de la obra al entorno. El incumplimiento de las obligaciones y lineamientos ambiéntales establecidos para este proyecto implicará la aplicación de sanciones incluyendo la suspensión de la obra por parte de las entidades responsables. 

QUINTO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución al propietario al cual se le concede en los términos de los artículos 66,67,68,69 de la ley 1437 del 2011. 

SEXTO: El juego de Planos topográficos y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución. 

SEPTIMO: ADVERTIR al titular de la licencia, que cuando se realicen actos de transferencia de los predios resultantes de la presente subdivisión, deberá constituirse en el mismo instrumento o en uno separado, servidumbre de tránsito a favor de los demás predios en los términos y áreas contenidos en el plano aprobado, el cual hace parte del trámite de la licencia, para efectos de asegurar el acceso a la vía pública de los mismos. 

OCTAVO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. 

NOVENO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la secretaria de ordenamiento Territorial del Municipio de Girón o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta. 

Se expide en Girón, a los 16 MAR 2026 

Notifíquese, Publiquese y Cúmplase. 

ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY 

Curador Urbano N° 2 Girón 

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