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Edictos y Avisos Legales





RESOLUCIONES

10 de junio de 2026

RESOLUCION

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON 

Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY 

RESOLUCION No. AACU2G- 0322 21 05 2026  RAD: N° 68307226-0087 DEL 11 DE MARZO DE 2026  

POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA DE SUBDIVISION EN MODALIDAD DE SUBDIVISION RURAL 

PRIMERO: CONCEDER LICENCIA DE SUBDIVISION EN MODALIDAD SUBDIVISION RURAL a LUCY SANCHEZ CAMACHO identificada con cedula de ciudadanía No. 63.318.471, y YOLANDA SANTOS POVEDA identificada con cedula de ciudadanía No. 63.295.270 en su calidad de propietarias, ELVIA DOMINGUEZ DE CALVETE identificada con cedula de ciudadanía No. 37.825.150, BENILDA DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificada con cedula de ciudadanía No. 28.148.487, BERNARDO DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 13.815.044, CECILIA DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificada con cedula de ciudadanía No. 28.147.831, ERNESTO DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 91.175.261, JAVIER DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 5.645.964, PEDRO PABLO DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 5.644.390, CAROLINA DOMINGUEZ DURAN identificada con cedula de ciudadanía No. 63.450.147, FABIOLA DOMINGUEZ DURAN identificada con cedula de ciudadanía No. 37.556.392, FREDDY DOMÍNGUEZ DURÁN, identificado con cedula de ciudadanía No. 91.158.797, HECTOR JULIAN VARGAS DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 1.095.939.896 en su calidad de nudos propietarios, ANA BELEN DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificada con cedula de ciudadanía No. 28.148.781 y PEDRO ELIAS DOMINGUEZ DOMINGUEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 91.175.035 en su calidad de usufructuarios del predio denominado LOTE C LA CASONA TOMADO DEL CERTIFICADO DE LY T, del municipio de San Juan Girón, identificado con el número predial 68307-00-00-0000-0018-1415-0-0000-0000, matrícula inmobiliaria N° 300-302360 SEGUNDO: AUTORICESE LA SUBDIVISION del predio identificado como LOTE CLA CASONA TOMADO DEL CERTIFICADO DE L Y  T, del Municipio de San Juan de Girón, con un área de 51.202 MTS2el cual se divide en DOS (2) LOTES Y SALDO, así:  LOTE   - SERVIDUMBRE -AREA 

LA CASONA LOTE SALDO  1.143 M2 48.418 M2 

VILLA HERMOSA144 M2 2.784 M 2 

TOTAL  1.287 M2 51.202 M2 

TERCERO: Con fundamento en el Decreto 1077 del 2015 modificado por el Decreto 1783 de 2021 la vigencia de la presente resolución será: "Las licencias de subdivisión tendrán una vigencia improrrogable de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en la que quede en firme el acto administrativo que otorga la respectiva licencia, para adelantar actuaciones de autorización y registro a que se refieren los artículos 7 de la Ley 810 de 2003 y 108 de la Ley 812 de 2003 o las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan, así como para la incorporación de estas subdivisiones en la cartografía oficial de los municipios".  CUARTO: Una vez concedida la licencia respectiva, el propietario se compromete al cumplimiento de las normas ambientales establecidas por la Corporación Autónoma Regional a quien le compete (CDMB y/o ÁMB); y el Plan de Ordenamiento Territorial de Girón; así como responder por las compensaciones y perjuicios ambientales que causare la ejecución de la obra al entorno. El incumplimiento de las obligaciones y lineamientos ambiéntales establecidos para este proyecto implicará la aplicación de sanciones incluyendo la suspensión de la obra por parte de las entidades responsables.  QUINTO: APROBAR la LICENCIA DE SUBDIVISIÓN RURAL para el predio identificado con N° Predial 68307-00-00-0000-0018-1415-0-0000-0000, matrícula inmobiliaria N° 300-302360, teniendo en cuenta que la solicitante de la licencia de la referencia, con fundamento de la excepción establecida en el literal b) del artículo 45 de la Ley 160 de 1994, LUCY SÁNCHEZ CAMACHO rendida el día 22/01/2026, ELVIA DOMÍNGUEZ DE CALVETE rendida el día 12/02/2026, YOLANDA SANTOS POVEDA rendida el día 24/01/2026, BENILDA DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 13/02/2026, BERNARDO DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 13/02/2026, CECILIA DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 04/02/2026, ERNESTO DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 16/02/2026, JAVIER DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 04/02/2026, PEDRO PABLO DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 19/01/2026, CAROLINA DOMÍNGUEZ DURÁN rendida el día 22/01/2026, FABIOLA DOMÍNGUEZ DURÁN rendida el día 23/01/2026, FREDDY DOMÍNGUEZ DURÁN rendida el día 22/01/2026, HÉCTOR JULIÁN VARGAS DOMÍNGUEZ rendida el día 31/10/2024, ANA BELÉN DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 12/02/2026, PEDRO ELÍAS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ rendida el día 12/02/2026, que los predios resultantes de la presente subdivisión cuya extensión es inferior a la unidad agrícola familiar (UAF), tendrán una destinación diferente a la explotación agrícola.  SEXTO: NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución al propietario al cual se le concede en los términos de los artículos 66,67,68,69 de la ley 1437 del 2011.  SEPTIMO: El juego de Planos topográficos y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución.  OCTAVO: ADVERTIR al titular de la licencia, que cuando se realicen actos de transferencia de los predios resultantes de la presente subdivisión, deberá constituirse en el mismo instrumento o en uno separado, servidumbre de tránsito a favor de los demás predios en los términos y áreas contenidos en el plano aprobado, el cual hace parte del trámite de la licencia, para efectos de asegurar el acceso a la vía pública de los mismos.  NOVENO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma.  DÉCIMO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la secretaria de ordenamiento Territorial del Municipio de Girón o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta.  Se expide en Girón, a los  21 MAY 2026   Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. 

ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY  Curador Urbano N 2 Girón 

 

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