Edictos y Avisos Legales
RESOLUCION
CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON
Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY RESOLUCION No. AACU2G- 0642 08 10 2026 RAD.: N° 683072-26-0143 DEL 14 DE ABRIL DE 2026
POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO RESUELVE:
PRIMERO: CONCEDER EL RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO a GLADYS CAMARGO DE GARCIA, identificada con cedula de ciudadanía No. 28.149.577, MISAEL GARCIA MANTILLA, identificado con cedula de ciudadanía No. 5.645.721, como propietarios del predio con nomenclatura CALLE 14 PEAT 14 19 LO 16 MZ 10 PUERTO TOMADO DEL IMPUESTO / CALLE 14 PEATONAL NUMERO 14-19 URBANIZACIÓN PUERTO MADERO GIRON LOTE 16 MANZANA 10 TOMADO DEL CERTIFICADO DE TRADICION. del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 68307-01-03-0000-0706-0016-0-0000-0000-TOMADO DEL IMPUESTO., matrícula inmobiliaria N° 300-329119. SEGUNDO: AUTORIZAR LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Un acto de reconocimiento de la existencia de una edificación en suelo urbano, para cuatro (4) unidades de vivienda en cuatro (4) pisos, con un área de lote de 40.00 m², distribuidos así:
PRIMER PISO: ÁREA CONSTRUIDA DE 39.36 m², ÁREA LIBRE DE 0.64 m². SEGUNDO PISO: ÁREA CONSTRUIDA DE 42.36 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². TERCER PISO: AREA
CONSTRUIDA DE 42.36 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². CUARTO PISO: ÁREA CONSTRUIDA DE 42.36 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². TOTAL, ÁREA CONSTRUIDA DE 166.44 m², TOTAL, ÁREA LIBRE DE 0.64 m². INFORMACION GENERAL DEL PROYECTO AREA BRUTA: 40.00 m² AREA NETA: 40.00 m² AREA URBANIZADA: NA
AREA UTIL: NA COODENADAS: Y=2337973.070 / X=4982236.679 N° DE EDIFICACIONES TIPO: 1 N° DE EDIFICACIONES APROBADAS: 1 AREA CONSTRUIDA APROBADA: RESIDENCIAL 166.44 m² ALTURA (mts) 11.00 mt N° PISOS CUATRO PISOS UNIDADES 4 COMERCIAL: NA INSTITUCIONAL: NA INDUSTRIAL: NA TOTALES: ÁREA CONSTRUIDA APROBADA 166.44 m² ALTURA 11.00 mt N° PISOS CUATRO PISOS UNIDADES 4 Nº SOTANOS: NA T. AREA OCUPADA: 166.44 m² 1.0 APROBADO: NA
I.C APROBADO: NA CESIONES: % NA TIPO A NA TIPO B (15m2/80m2) NA % NA TIPO C NA PARQUEADEROS: PUBLICOS (CARROS: NA, MOTOS: NA, PMR: NA, TOTALES: NA) PRIVADOS (CARROS: NA, MOTOS: NA, PMR: NA, TOTALES: NA) TERCERO: El presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de
construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.5 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales de una licencia de construcción.-- PARAGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción.". CUARTO: Informar al titular de la solicitud que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015, no debe ocupar total o parcialmente el espacio público, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado. QUINTO: NOTIFICAR personalmente del contenido de la presente resolución a los titulares
y a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Articulo 24 del Decreto 1783 de 2021, y lo estipulado en el articulo 66 y siguientes de la ley 1437 de 2011. SEXTO: APROBAR, un (1) plano arquitectónico, un (1) plano estructural, una (1) memoria de cálculo, un (1) peritaje técnico y un (1) estudio de suelos, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, se entregarán al cumplimiento de la ejecutoria de la misma siempre y cuando se haya cumplido con la publicación ordenada en el numeral anterior. SÉPTIMO: ADVERTIR que el titular de la Licencia deberá cumplir las siguientes obligaciones consagradas en el Artículo 2.2.6.1.2.3.6 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Artículo 23 del decreto 1783 de 2021:
- Cumplir con las normas vigentes de carácter nacional, municipal o distrital sobre eliminación de barreras arquitectónicas para personas en situación de discapacidad.
- Cumplir con las disposiciones contenidas en las normas de construcción sismo-resistente vigente.
- Dar cumplimiento a las disposiciones sobre construcción sostenible que adopte el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o los municipios o distritos en ejercicio de sus competencias.
OCTAVO: Contra este acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque; El recurso de apelación podrá interponerse directamente. o como subsidiario del de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Expedida en Girón, a los 08 OCT 2026
Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY
Curador Urbano N° 2 Girón (HAY FIRMA)
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