Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
FECHA DEL REMATE: 17 DE JULIO DE 2025 A LAS 9:00 A.M
BIEN A REMATE: BIEN INMUEBLE CON MATRICULA INMOBILIARIA: 290-222141 DE LA OFICINA DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE PEREIRA CON FICHA CATASTRAL 660010004000000030074000000000
AVALUO: El inmueble objeto de la subasta y que se identifica con la matrícula inmobiliaria 290-222141, fue avaluado en la suma de MIL SETESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($1.779.498.478,oo) Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del inmueble y postor hábil quien previamente consigne a órdenes del Juzgado y para este proceso el CUARENTA POR CIENTO (40%) de dicho avalúo
JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE PEREIRA, PROCESO CON RADICADO 66001 31 03 004 2020 00045-00
SECUESTRE: PEDRO PABLO FLOREZ LOPEZ C.C. 10.143.884 CON CELULAR 3142810401, CORREO ELECTRONICO PABLOFLOREZSECUESTRE2023@GMAIL.COM
Adicionalmente, se precisa que por virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022 y el ACUERDO PCSJA20-11632, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del CGP, la subasta se surtirá exclusivamente de manera virtual, para lo cual, se utilizará el aplicativo “TEAMS PREMIUM” al que deberán acceder todos los interesados desde el link que previamente será enviado por el despacho al correo que reporten con anticipación. De conformidad con el art. 14 del ACUERDO PCSJA20-11632 los interesados podrán allegar al despacho en sobre físico cerrado su oferta con observancia de lo establecido en la CIRCULAR PCSJC20-15, dentro de los 5 días anteriores al remate o dentro de la hora siguiente establecida para la diligencia. O si lo prefieren, dentro de los mismos términos podrán presentar sus ofertas mediante un mensaje de datos dirigido exclusivamente al email del juzgado, j04ccper@cendoj.ramajudicial.gov.co , estableciendo como asunto las palabras “OFERTA REMATE” seguidas del radicado del proceso, adjuntando el email que lleve su postura y los documentos que acrediten el depósito del 40% del avalúo del bien
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