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Edictos y Avisos Legales





REMATES

19 de mayo de 2024

AVISO DE REMATE

Rama Judicial

Consejo Superior de la Judicatura

República de Colombia

Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias

Cali - Valle del Cauca

JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA

AVISO DE REMATE
Santiago de Cali, 23 de abril de 2024
CYN/003/00993/2024
PROCESO: PROCESO EJECUTIVO
DEMANDANTE: JOSE MARIA CASTELLANOS ESPARZA C.C 17100115
DEMANDADO: JORGE ISRAEL GALINDO C.C. 17063708
RADICACIÓN: 76001400300120210066000
CC; diego_narvaez.co@hotmail.com;
LA OFICINA DE APOYO JUDICIAL DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI
HACE SABER

El Juzgado Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, mediante Auto No. 1250 calendado veintidós (22) de abril de dos mil veinticuatro (2024), dispuso: 2.- SEÑALAR el día __13__ del mes de _JUNIO_ del año __2024_, a la hora de las __10:00 AM__, para que se lleve a cabo la diligencia de remate del inmueble identificado con matrícula N°370-129647, ubicado en la Calle 8 # 9-36 apto 405 del Edificio “Daniel Andrés” en Santiago de Cali– Valle del Cauca.  Avalúo: $120.010.230  Secuestre: INVERSIONES SERNA & ASOCIADOS SAS. a través de VICTOR MARIO SERNA RINCON, sociedad que se ubica en la Carrera 3D # 65-56 Piso 2 en la ciudad.  correo electrónico inversionessernayasociados@gmail.com y celulares 315 426 1782 – 316 648 8155 3.- COMENZARÁ la diligencia a la hora indicada y tendrá una duración de una hora, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avalúo, y postor hábil el que previamente consigne el equivalente al 40% que ordena la ley ante el Banco Agrario de la ciudad. 4.- EXPIDASE por secretaria el aviso de remate y remítase al interesado por el medio más expedito posible, o de ser el caso fíjese cita presencial para su entrega el día hábil siguiente que quede ejecutoriado el presente proveído, para efectos de que este proceda con el diligenciamiento correspondiente. 5.- PUBLIQUESE el respectivo aviso de remate conforme el artículo 450 del C.G.P, con una antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate, en alguno de los periódicos de más amplia circulación en la localidad o en una radiodifusora del lugar. 6.- PREVENGASE a la parte ejecutante para que llegue al proceso, copia de la publicación del aviso de remate y un certificado de tradición actualizado del bien a rematar, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. 7.- INFORMAR A LOS USUARIOS que la audiencia de remate se llevará a cabo de manera virtual, conforme el protocolo establecido para ello y que se encuentra publicado en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial, para lo cual se deberá ingresar a los siguientes links: (i) Juzgados de Ejecución – (ii) Juzgado de Ejecución Civil Municipales – (iii) Valle del Cauca (Cali) – (iv) Juzgado Tercero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias – (v) Comunicaciones - (vi) 2020. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. 8.- ENTERESE a las partes que LINK PARA EL ACCESO A LA DILIGENCIA DE REMATE, será publicado en el en el micro sitio web de este Juzgado en la página de la Rama Judicial, o en el siguiente link: https://www.ramajudicial.gov.co/web/oficina-de-apoyo-juzgadoscivilesmunicipalesde-ejecucion-de-cali-/40 8.-PREVENGASE a los usuarios que para efectos de la diligencia de remate, solo serán tenidas en cuenta las posturas que se remitan al correo j03ejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co, esto conforme el protocolo establecido micro sitio web de este Juzgado, en concordancia con la Circular PCSJ21-26 del 17 de noviembre del 2021 y el Acuerdo PCSJA22-11972 de 2022 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura. 9.- ADVIERTASE a los oferentes de acuerdo a la CIRCULAR N°PCSJC21-15 del 08 de julio de 2021, que si el monto del depósito para hacer postura es igual o superior a 15 SMLMV, además deberá indicar el número de cuenta de ahorros o corriente de la cual debe ser titular, así como el banco donde se encuentra inscrita la misma, para efectos de una eventual devolución del depósito al postor no favorecido, pues el Banco Agrario no procesara órdenes de pago de depósitos que superen dicho tope, dado que para este evento se autorizara mediante la modalidad abono a cuenta.. NOTIFIQUESE La Juez, CECILIA EUGENIA BOLAÑOS ORDOÑEZ” Porcentaje a consignar para hacer postura: cuarenta por ciento (40%) del avalúo ordenado por la ley (Art. 451 C.G.P), que deberá ser consignado previamente en la Cuenta Única de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Cali No. 760012041700 del Banco Agrario código del despacho No. 760014303000.
Postura admisible: el setenta por ciento (70%) del avalúo, de conformidad con lo establecido por el artículo 448 del C.G.P. Para los fines pertinentes y por el término legal, se expide el presente aviso de remate y copia del mismo se entregará a la parte interesada el cual deberá incluirse en un “…listado publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate…” (Artículo 450 del C.G.P.).
INFORMACIÓN AL USUARIO: La audiencia de remate se llevará cabo de manera virtual en la forma indicada en el protocolo establecido para tal fin; y que se encuentra publicado en el micrositio web, link: https://www.ramajudicial.gov.co/web/10228/1280, Valle del Cauca, Despacho Judicial correspondiente. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del
medio utilizado. IMPORTANTE: Este medio se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tienen caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co [firma electrónica] o ingrese al link https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica/ y digite el número que figura en la parte inferior. Cordialmente, JORGE MUÑOZ GUTIERREZ Profesional Universitario Grado 17 Líder Área Gestión Documental Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali Firmado Por: Jorge Muñoz Gutierrez
Profesional Universitario - Funciones Secretariales Juzgado Municipal De Ejecución Civil Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica,
conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f27b4fed81b0f7e9d8d4eb7c5903f6d7762804ed8cd058a610808b6d24413895 Documento generado en 03/05/2024 03:12:08 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 “Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015” y a su vez se crean con “carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional”, ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS Tel: 8881045- 8881051- 8881047 apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co citas -atención al público memorialesj03ofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co radicación memoriales Juzgado 03 9703

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