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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

21 de julio de 2021

AVISO

CORMACARENA – Somos vida, somos Meta – AUTO No. PS-GJ 1.2.6.64.21.1855 EXPEDIENTE PM.GA 97-0930 "POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA TRÁMITE ADMINISTRATIVO DE PERMISO DE VERTIMIENTOS DE AGUAS RESIDUALES NO DOMESTICAS A FAVOR DE LA EMPRESA PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A, IDENTIFICADA CON NIT: 892.000.619-5, UBICADO EN EL KILÓMETRO 8 VÍA VILLAVICENCIO - RESTREPO EN JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO — META. El jefe de la Oficina Jurídica de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial de La Macarena, CORMACARENA, en uso de sus facultades legales conferidas mediante la resolución número 2.6.05.107 del 31 de enero de 2005, y CONSIDERANDO. Que, mediante radicado No 07475 del 09 de abril del 2021, la señora MARIA BETTY HERNANDEZ DE ZAPATA, identificado con la C.0 No 26.364.543, en calidad de representante legal de la empresa PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A, identificada con Nit: 892.000.619-5, ubicado en el kilómetro 8 vía Villavicencio - Restrepo en jurisdicción del municipio de Villavicencio — Meta, presenta solicitud para el permiso de vertimientos. Que, una vez radicada la solicitud y allegados los soportes necesarios, esta Corporación, en el ejercicio de las funciones que le asisten como autoridad ambiental en el Departamento del Meta procede a la evaluación de la misma. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. Que, el artículo 80 de la Carta Política, preceptúa que le corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, y además, debe prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales, y exigir la reparación de los daños causados. Que, el articulo 31 numeral 9 de la Ley 99 de 1993, establece como función de la Corporaciones Autónomas Regionales "Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el. DISPONE. Artículo 1°. - Iniciar trámite administrativo para permiso de vertimientos a favor de la empresa PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A., identificada con Nit 892.000.619-5, ubicada en jurisdicción del municipio de Villavicencio, departamento del Meta. Artículo 2°. - La Empresa PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A, identificada con Nit 892.000.619-5, en cabeza de su Representante Legal la señora MARIA BETTY HERNANDEZ DE ZAPATA, identificado con la C.0 No 26.364.543 deberá cancelar la suma de SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS ($7.625.692) pesos M/CTE, por concepto de visita técnica y evaluación. Esta suma deberá ser consignada en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del presente auto en la cuenta de ahorros número 24102850905 BANCO CAJA SOCIAL o al CONVENIO 87321-36400028723 ahorros BANCOLOMBIA a nombre de CORMACARENA, NIT. 822.000.091-2, Código Referencia 1264211855 y posteriormente, deberá allegar copia de la consignación a la Subdirección Administrativa y Financiera, reclamar el Paz y Salvo y que esta copia sea anexada al expediente. Parágrafo Primero: El trámite del permiso está sujeto al pago de lo dispuesto en el presente artículo; en caso de que la consignación no se efectúe dentro del término establecido, se suspenderán los trámites hasta tanto este se realice. Parágrafo Segundo: Sin perjuicio del otorgamiento o no de la licencia ambiental, permiso, autorización o concesión, el interesado deberá pagar el valor correspondiente liquidado para la evaluación del proyecto presentado. Artículo 3°. - Una vez la empresa PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A, allegue el pago correspondiente a la evaluación de documentación y visita técnica, ordenar a la Subdirección de Gestión y Control Ambiental, grupo Aire y Urbano, para que realice la visita técnica al sitio objeto de la solicitud del permiso de vertimientos, con el fin de que se determine la viabilidad técnica de otorgar o no dicho permiso y se emita el correspondiente concepto técnico. Artículo 4°. - Notificar el contenido del presente acto administrativo a la empresa PARQUE CEMENTERIO JARDINES DEL LLANO S.A, identificada con Nit:892.000.619-5 en cabeza de su representante legal o de quien haga sus veces, de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 491 del 28 de marzo de 2020, en atención a la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Lo anterior, en concordancia con la Resolución N° PS-GJ.1.2.6.20.0131 del 03 de abril de 2020 de esta Corporación, al correo electrónico jardinaesdelllano@hotmail.com info@jardinesdelllano.com.co Cel: 3105539043, No obstante, en el evento de no poderse realizar la notificación electrónica, se deberá notificar con las reglas previstas en los artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5°. - Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno por tratarse de un auto de trámite, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. JUAN CARLOS MEDINA GONZALEZ. Jefe Oficina Asesora Jurídica

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