La SIC explicó en su análisis comparativo que los signos confrontados no se asimilaban en ningún aspecto fonético, visual u ortográfico
30 de enero de 2026Signo Opositor
Signo Solicitante
La sociedad Central Cervecera de Colombia S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Andina Refajo, para distinguir productos de la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales comprenden cervezas, bebidas sin alcohol y refajo.
Luego de la solicitud, Bavaria & Cía S.C.A. presentó oposición con fundamento en los literales a) y h) del artículo 136 y el artículo 137 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. Indicó que el signo solicitado es similar al de su familia de marcas Águila y Cola & Pola, argumentando que comparten patrones, diseños y colores específicos que el consumidor asocia inmediatamente con su origen empresarial.
Además, señaló que la marca solicitada reproduce la identidad visual de sus signos al usar la misma combinación de colores, amarillo, azul y rojo, en proporciones similares y una ubicación central de la expresión principal en letras blancas gruesas, lo que generaría un evidente riesgo de confusión y aprovechamiento del prestigio ajeno.
Central Cervecera justificó su solicitud explicando que desde el punto de vista de su composición ortográfica y fonética no se presenta ninguna semejanza, pues las expresiones Andina Refajo, Águila y Cola & Pola tienen secuencias de consonantes y vocales totalmente diferentes. Además, recalcaron la diferencia conceptual.
También anotaron que los colores no son apropiables con exclusividad por ser una referencia a los símbolos patrios de Colombia.
La SIC explicó en su análisis comparativo que los signos confrontados no se asimilaban en ningún aspecto fonético, visual u ortográfico, por lo cual aceptó proceder con el registro de la marca Andina Refajo.
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