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  • Luz Karime Grajales Cardona

martes, 3 de septiembre de 2019

Fiducoldex solicitó el registro del signo en la superintendencia

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. (Fiducoldex) como vocera de Innpulsa Colombia solicitó el registro de la marca Aldea Innpulsa Colombia ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para identificar servicios de desarrollo de estrategias comerciales, de negocios, de empresas asesoramiento en organización de empresas, financiación de proyectos de desarrollo, gestión financiera del capital para el desarrollo personal y comercial, celebración de talleres, conferencias, consultoría de desarrollo, entre otros.

A la solicitud se opuso Aldea Proyectos S.A.S. por considerar que había posibilidad de confusión entre la marca solicitada y la marca representada, debido al nombre comercial que se ha mantenido ante el público desde 1988. También tuvieron en cuenta que el signo que defienden distingue servicios similares a los que busca representar la marca solicitada, es decir, que se encuentran en la misma clasificación marcaria. Además, argumentaron que la casi identidad entre las marcas crearía confusión entre el público consumidor e induciría a error en el momento de la elección, debido al parecido entre marcas que distinguirían servicios iguales.

LOS CONTRASTES

  • Julio SeneorDirector de Seneor Abogados

    “La SIC ha debido negar la marca porque el ‘Innpulsa’ que acompaña la representación gráfica de la solicitud es imperceptible y en las marcas mixtas, el componente fonético predomina”

Por lo tanto, Fiducoldex respondió a los argumentos presentados por Aldea Colombia defendiendo la distintividad del signo solicitado, afirmando que en la clase 35 coexisten distintas marcas que incluyen la palabra Aldea y que es evidente que tal elemento es de uso común, además, recordaron que la marca opositora no se opuso a otras solicitudes previas que contienen el elemento anteriormente mencionado y ha logrado coexistir condichas marcas sin inconveniente alguno.

De esta forma, la Superintendencia decidió conceder el registro del signo Aldea Innpulsa Colombia luego del análisis que concluyó “el elemento común entre los signos es la expresión Aldea; la cual, conforme a la realidad del mercado de servicios a terceros relacionados con la gestión comercial y de estrategia empresarial y según el registro nacional de propiedad industrial, es utilizado como un elemento que permite definir una delimitación de un territorio o de intereses en común. Al respecto, en relación al signo solicitado, esta Dirección puede reconocer como, el concepto de marca Aldea Innpulsa, está dirigido a promover una comunidad de empresarios unidos por intereses de innovación (...) conforme a un análisis en conjunto de los mismos, permite reconocer una identidad de marca diferencial entre los signos”.

Finalmente, la decisión permite que coexistan las marcas anteriormente mencionadas, teniendo en cuenta que la empresa opositora no había argumentado similitud con otras marcas que mantienen el elemento Aldea y que a pesar de ofrecer servicios similares, el propósito de sus labores se orienta de maneras diferentes para que el elemento en común no sea tan relevante frente en la decisión de registro.

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