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miércoles, 1 de septiembre de 2021

La marca opositora aseguró que el elemento predominante que determina el examen de confundibilidad entre los signos es el nominativo

La sociedad Flamingo Pinks S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con la intención de registrar la marca Flamingo Pink Store (mixta) para identificar productos comprendidos en la categoría 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina.

Posterior a la solicitud, Almacenes Flamingo S.A. presentó un escrito de oposición contra el registro solicitado con fundamento en las causales de irregistrabilidad establecidas, argumentando que el aspecto denominativo del signo solicitante reproduce el de una familia de marcas ya registrada, lo que podría generar confusión del origen empresarial e incluso pensar que es una nueva línea del opositor.

La cadena de almacenes afirmó que el signo carece de distintividad porque los términos ‘pink’ y ‘store’ son de uso común y, además, también reproduce en el estilo visual la marca registrada con la inclusión de un flamenco en la palabra del signo. “En la composición de la marca solicitada se evidencia que el vocablo principal, sobre el cual recae la distintividad del signo es la expresión Flamingo, toda vez que, dada su ubicación inicial en el signo, es la expresión que genera mayor recordación en el consumidor”, destacó la defensa opositora.

En contraparte, vencido el término concedido por el ente veedor, Flamingo Pinks no dio respuesta a la oposición presentada por Almacenes Flamingo.

Luego de un análisis de irregistrabilidad, la SIC afirmó que los signos bajo estudio, apreciados en conjunto de manera sucesiva, presentan similitudes susceptibles de generar confusión o de inducir a error al público consumidor. Asimismo, la dirección encontró un antecedente de otra marca previamente registrada con el signo ‘Pink Store’.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Varela Socio, Jefe departamento de Marcas en Cavelier Abogados

    “La marca resultó ser idéntica a la del opositor, por eso es importante hacer una búsqueda de antecedentes para saber si el signo que se pretende usar ya está registrado”.

Del mismo modo, el ente regulador añadió que las marcas son gramaticalmente similares, puesto que las expresiones cotejadas se articulan de forma semejante y agregó que “los signos son idénticos en el campo ideológico, al evocar exactamente la misma idea o concepto”, concluyó la dirección.

Por estas razones, la Superindustria declaró fundada la oposición interpuesta por Almacenes Flamingo, impidiendo el registro de la marca Flamingo Pink Store (mixta) de Flamingo Pinks en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza.

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