08 de octubre de 2024
Suscribirse


08 de octubre de 2024
Suscribirse
Marcas

Carolina Herrera no logró impedir el registro de Diana Herrera ante la Superintendencia

Aunque la marca de perfumes destacó el prestigio de su firma, la SIC no encontró similitudes sustanciales para negar el registro

19 de febrero de 2021

Esteban Feria


Carolina Herrera
Canal de noticias de Asuntos Legales

A la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó la señora Diana Marcela Herrera Varela, solicitando el registro de la marca Diana Herrera, para distinguir productos de la clase 3 y 44 de la Clasificación Internacional de Niza.

A esta petición se opuso la empresa Carolina Herrera LTD, puntualmente al registro marcario de la clase 3, acogiéndose a la causal de irregistrabilidad contenida en el artículo 136 literal a) de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La marca de perfumes y accesorios argumentó que la marca mixta Diana Herrera, belleza en tu mirada es similarmente confundible con la marca Carolina Herrera, previamente registrada, además aseguraron que la SIC en pasadas ocasiones ya ha rechazado el registro de marcas que producen parcialmente a las registradas Carolina Herrera de Carolina Herrera LTD.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando PatrónCárdenas Vega Asesores

    “Las marcas no son confundibles y pueden coexistir en el mercado. La SIC ha sostenido a lo largo del tiempo, que los apellidos no son apropiables en exclusiva por cuenta de un único empresario”.

“El elemento común de la familia de marcas de la diseñadora de moda Carolina Herrera es su apellido, bajo el que se ha consolidado el prestigio y reconocimiento, por ello, Herrera es un elemento dominante y común entre los signos y la reproducción total de este elemento en la marca solicitante presenta un riesgo de confusión o de una asociación errónea por el consumidor”, agregó la compañía.

Tras la oposición, Diana Marcela Herrera Varela refutó argumentando que la marca a registrar se compone de un elemento gráfico unido con uno nominativo, pues la ceja que conforma el ojo en el logo, se desprende de la última letra del nombre Diana, que acompañado de “belleza en tu mirada”, permite generar distintividad en el consumidor para que este asuma que la marca se centra en cejas y pestañas y no en perfumes.

La marca Diana Herrera, belleza en tu mirada se compone directamente de la identidad de la solicitante del registro, lo que puede evidenciar que esta cuenta con un interés real de crear una marca compuesta, ajena a Carolina Herrera o a su imitación. Aclaró además que el apellido Herrera es de uso común en Colombia y otras regiones del mundo.

Al proceder al análisis comparativo, la dirección encontró que si bien ambas marcas comparten elementos, cada uno de ellos cuenta con aspectos adicionales nominativos y gráficos que permiten generar una impresión totalmente diferente en el consumidor, pues cuentan con cadenas vocálicas distintas y reproducen un sonido que no resulta similar.

La Superintendencia de Industria y Comercio decidió entonces negar la oposición de la marca Carolina Herrera tras declararla infundada, y a su vez concedió el registro de Diana Herrera, belleza en tu mirada para distinguir productos de la clase 3 y 44.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA