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  • Lucas Martínez

lunes, 18 de marzo de 2024

Cencosud señaló que la marca opositora es de naturaleza mixta al estar compuesta por tres palabras y un solo elemento gráfico

Cencosud S.A. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca La Hacienda para distinguir productos de la clase 8 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas, armas blancas, navajas y maquinillas de afeitar, entre otros.

Luego de la solicitud, Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A. Olímpica S.A. presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A. Olímpica S.A. aseguró que el análisis debía centrarse en el aspecto denominativo, ya que para ellos en ese caso las palabras son las que cumplen el papel diferenciador de cada marca. Añadieron que la marca solicitada reproduce ortográfica, fonética y conceptualmente la marca ya registrada Hacienda La Giralda.

Cencosud S.A., representantes legales de la marca solicitante, señalaron que la marca opositora es de naturaleza mixta al estar compuesta por tres palabras y un elemento gráfico. De la misma manera, en el aspecto denominativo de esta resalta la expresión “La Giralda”, debido a su tamaño y el lugar que ocupan las palabras en el conjunto marcario. Incluyen que los colores utilizados en el signo opositor ayudan a que se genere un contraste para llamar la atención del consumidor. Lo mismo ocurre con la litografía debido al uso de la letra cursiva. Agregaron en medio de su argumentación que así no se tuvieran en cuenta los elementos gráficos, la marcas se podían diferenciar, pues en la marca registrada hay una evidente preponderancia de la expresión “La Giralda” por encima de “Hacienda”.

LOS CONTRASTES

  • Camilo VillaSocio fundador de Singular Legal

    “Se respeta perfectamente el principio de la especialidad. Contiene un fonema igual, “Hacienda”, para productos alimenticios y servicios de comercialización”.

De acuerdo al ámbito ortográfico argumentaron que su marca se compone de dos palabras, mientras que la opositora cuenta con tres; y tienen longitudes distintas, la solicitada está conformada de 10 letras, mientras que la solicitada posee 17.

En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que los productos y servicios prestados por las dos marcas no son sustituibles o complementarios entre sí, por lo que no sería tan probable que los consumidores pudieran confundirse o asociarlos empresarialmente.

Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca La Hacienda.

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