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  • Alexis Posso

miércoles, 27 de marzo de 2019

Jabonería Wilson S.A. solicitó el registro de la marca mixta Lava Avena arranca grasa

Jabonería Wilson S.A. solicitó el registro de la marca mixta Lava Avena arranca grasa para distinguir productos comprendidos en la clase tres de la Clasificación Internacional de Niza, ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

La SIC concedió el signo, pues consideró que hacía parte de una familia marcaria involucrando la expresión “Lava”, de la cual es titular la empresa Jabonería Wilson.

Para impedir la concesión de la marca, la empresa Colgate-Palmolive Company presentó oposición ante la solicitud, esto a través de lo publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 843 en la SIC.

De acuerdo con lo señalado por Colgate-Palmolive, los signos Axion de Colgate conforman una familia de marcas que tiene como común denominador la expresión distintiva arranca grasa, también entendida como arranca la grasa, “la cual el consumidor está acostumbrado a asociar con un mismo origen empresarial, el de mi representada”.

Por su parte, la empresa Jabonería Wilson aseguró que en el trámite se solicitó la protección “sobre todo un conjunto marcario que incluye, además de elementos denominativos, elementos gráficos particulares de las marcas.

Dicho conjunto es completamente diferenciable desde el punto de vista visual, (...) el único elemento visual que tienen en común las marcas enfrentadas son las letras rojas”.

En diálogo con AL, el abogado experto en temas marcarios, Julio Durán Montoya, asociado a la firma Del Hierro Abogados, dio su opinión acerca del fallo.

“El opositor en este caso, quiso adueñarse de una expresión del que, a opinión de la Superintendencia de Industria, no se puede predicar exclusividad ya que no tiene distintividad”, aseguró el experto.

A su vez, el abogado expresó: “la notoriedad de la marca opositora no fue suficiente para considerar irregistrable el signo solicitado, adecuadamente en mi opinión”, manifestando que el fallo de la SIC fue acertado.

Se determinó que, dado que no existe similitud entre los signos confrontados capaz de generar riesgo de confusión o asociación, no venía al caso pronunciamiento sobre la relación entre los productos identificados.

La SIC reconoció además productos anteriores con la expresión “Lava”, conformando una familia marcaria.

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