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lunes, 21 de septiembre de 2020

El Consejo de Estado le dio la razón a Colombina y decretó la nulidad de un registro de marca que había concedido la SIC

El Consejo de Estado declaró la nulidad del registro que concedió la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), para que la marca Tridimensional de una chupeta pudiera ser usada por Comestibles Aldor S.A.

A esta decisión se llega por una demanda que interpuso el fabricante colombiano Colombina, empresa que aseguró que esa marca (la de Aldor) no ha debido ser registrada, "por carecer de la distintividad suficiente que le ofreciera a los consumidores, los elementos para diferenciar ese producto de otros de la misma naturaleza, que ya estaban en uso antes de que se concediera este registro".

Este pleito por un registro de marcas viene desde el año 2005, cuando Colombina solicitó el registro de la marca Tridimensional Exhibidor de Chupetas, a lo que se opuso Aldor, y el caso revivió en 2013 cuando el Consejo de Estado pidió una consulta al Tribunal de la Comunidad Andina.

En manos del Consejo de Estado, pleito entre Aldor y Colombina por exhibidor

Otro de los argumentos que esgrimió Colombina para tumbar dicho registro tridimensional que concedió la SIC a Comestibles Aldor, es que el registro se salta los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones sobre este tipo de temas, específicamente, como lo reseña Colprensa, "la necesidad de anular registros de marcas que no sean distintivas y que se identifiquen de una forma usual y común al tipo de producto. Para el accionante, estas falencias impedían que el consumidor relacionara el producto ofertado con un origen empresarial específico".

Colombina enfatizó que la SIC no tuvo en cuenta estas objeciones y que a pesar de las consideraciones mantuvo el registro de la marca, por lo que demandaron la nulidad del registro.

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