Constructor Colombia

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  • Esteban Feria

viernes, 9 de julio de 2021

La marca opositora aseguró que el signo ‘La casa del constructor’ causaría una posible dilución marcaria y afectaría la notoriedad del signo Constructor perteneciente a Homecenter y Sodimac.

La sociedad Formatta Negocios Ltda se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio solicitando el registro de la marca Casa del Constructor (mixta) para identificar servicios comprendidos en la categoría 40 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota el tratamiento de varios materiales.

Posteriormente, la empresa Sodimac Colombia S.A presentó un escrito de oposición contra el registro, acogiéndose a las causales expresadas en los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 del 2000.

La cadena chilena aseguró que la marca solicitada reproduce e imita las marcas previamente registradas, afectando el reconocimiento del signo Constructor, creado por Homecenter, pues este cuenta con protección de notoriedad desde 2013.

“La solicitud presentada por Formatta Negocios evidencia una forma de tomar ventaja de la reputación y el gran reconocimiento que han adquirido la marca Constructor, al implicar un uso parasitario, con riesgo de dilución de signos, que con gran esfuerzo ha posicionado Sodimac”, comentó la opositora.

Además, manifestó que las coincidencias no solo radican en las semejanzas de los signos, sino también en la conexidad competitiva que distingue cada una de las marcas cotejadas, por lo que al encontrarse ambas presentes en el mercado, un consumidor desprevenido podría confundirse entre los artículos de los signos enfrentados.

Con respecto a los aspectos gráficos que posee la marca que pretende registro, la sociedad también aclaró que “el signo solicitado involucra varios elementos que son relevantes en la identidad marcaria de la compañía como lo son, la figura de la casa, la expresión constructor y los colores amarillo y azul oscuro”.

Tras los argumentos presentados, el tribunal concedió un tiempo prudencial para obtener las declaraciones de la empresa solicitante, sin embargo, Formatta no dio ninguna respuesta, por ello la SIC procedió a realizar un análisis comparativo, en el que determinó que el signo solicitado conlleva a la pérdida del valor publicitario de la marca notoria de Homecenter y de cumplirse el registro, se podría dar una asociación empresarial errónea.

“Nótese que la naturaleza y finalidad de los servicios identificados por el signo solicitado están relacionados directamente con el tratamiento de materiales, en tanto que las marcas opositoras identifican productos relacionados con el sector hogar, servicios de comercialización, tratamiento e instalación y reparación”, comentó el tribunal.

LOS CONTRASTES

  • José JerezAbogado en Cáez Muñoz Mejía Abogados

    “Es de resaltar la importancia que tienen las marcas notorias y el efecto positivo que producen en sus titulares debido a su protección especial. Es una decisión acertada y ajustada a derecho por parte de la SIC”.

Por estas razones, la Superindustria decidió extender la notoriedad del signo figurativo, aceptar la oposición interpuesta por Sodimac y negar el registro de la Casa del Constructor (mixta) para la clase 40.

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