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  • Juan Camilo Colorado

martes, 17 de octubre de 2023

La Superindustria avaló el registro de la solicitante por un análisis conjunto de la expresión porque esta contiene expresiones débiles

Metrolínea S.A se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Metrolínea nos mueve, que denota servicios de la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza como servicios de transporte público para todo tipo de usuarios.

Luego de la solicitud, Metro Línea 1 S.A.S presentó oposición contra la solicitud de registro de marca para la clase 41 con fundamento en los causales de irregistrabilidad establecidos en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Metro Línea 1 S.A.S argumentó que la solicitud de registro no era viable porque ambas pretendían identificar el mismo servicio (transporte público de personas), y estos podrían catalogarse como complementarios (se necesita de un servicio para hacer uso del otro) e intercambiables (el consumidor podría escoger entre uno u otro para satisfacer su necesidad). Adicionaron que estas relaciones podrían llevar al consumidor a pensar que se trata de dos marcas con el mismo origen empresarial.

Por otro lado, los dueños de la marca opositora agregaron que el registro de Metrolínea nos mueve podría darse y ambas podrían coexistir en el mercado si el signo ya mencionado se tratara del nombre comercial, limitado a la circunscripción de Bucaramanga y diferente a la marca registrada ante la Superindustria; de no ser así, afirmaron que el registro no hubiera sido posible por las razones previamente expuestas.

Luego de la oposición presentada por los dueños de Metro Línea 1, Metrolínea S.A respondió a la oposición afirmando que el signo de la marca opositora describía claramente los servicios que esta pretendía identificar: la operación y el transporte de la primera línea del Metro de Bogotá. Además, afirmaron que el consumidor, al ver el signo de la marca opositora, no dudaría en distinguirla porque su presencia en el mercado permite inferir que se trata del servicio de transporte de la capital del país.

El análisis de la Superindustria afirmó que el registro de la marca solicitante era viable siempre y cuando se analizara la expresión en su conjunto y no de forma fragmentada, porque esta está compuesta de expresiones débiles como “Metro” y “Línea”, susceptibles de uso de otras empresas del mismo sector de la industria.

Tras el análisis de la solicitud de registro, la oposición de la marca registrada y las consideraciones previas, la Superindustria decidió aprobar el registro de Metrolínea nos mueve.

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