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  • Diego Alejandro Ospina Henao

miércoles, 3 de agosto de 2022

Kaphiykauka no logró registrar su marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio por oposición de la Federación de cafeteros

La Cooperativa de Caficultores del Cauca (Caficauca) se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el objetivo de registrar la marca Kaphiykauka (mixta) para distinguir los productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota café, café tostado de grano, café tostado, café molido, café liofilizado, café instantáneo, cápsulas de café y café en cápsulas.

Luego de la solicitud, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (Fedecafe) presentó oposición con fundamentos en las causales de irregistrabilidad expuestas en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado por Caficauca es evocativo e imita la denominación de origen ‘Café de Cauca’, cuyas características de calidad y sabor están ligadas a las condiciones”.

“La presente oposición se sustenta en los derechos prioritarios derivados de la declaratoria de protección de la Denominación de Origen ‘Café de Cauca’, cuya facultad para autorizar el uso fue delegada en la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia”, se lee en la resolución.Por otro lado, Fedecafe agregó que el uso de la expresión ‘Café de Cauca’ está protegida y ningún tercero puede utilizar esta denominación, a menos que la entidad competente dé la autorización, ni se podrá hacer referencia al origen del café, por su uso conceptual.
Dentro del término concedido para ello, la Cooperativa de Caficultores del Cauca no dio respuesta a la oposición presentada, por lo que la Superintendencia procedió con el análisis teniendo en cuenta los argumentos presentados.

En su estudio, la entidad se refirió al artículo 201, que menciona el uso de las expresiones que describen el lugar de origen de algún producto. “Una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce”, dice el fragmento que explica que el producto a identificar debe tener características ligadas a las condiciones naturales del lugar.

Después de este análisis, la SIC procedió a analizar si el signo solicitado reproduce alguna denominación de origen protegida. “Se trata de una prohibición de carácter general que se configura con la posibilidad de que el signo induzca a engaño, sin necesidad de que este se produzca efectivamente”.

Al encontrar que el signo solicitado podría inducir a error a los consumidores, la SIC negó el registro de Kaphiykauka por usar referentes geográficos protegidos por Fedecafe.

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