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  • Laura Lucía Becerra Elejalde

lunes, 22 de octubre de 2018

SIC desestimó argumentos de la compañía sueca y no halló riesgo de confusión

No siempre las grandes compañías se llevan el triunfo en los pleitos marcarios. Recientemente la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le dio la razón a F y C Calzado S.A.S., una compañía dedicada al comercio al por menor de prendas de vestir en Medellín, en una disputa contra el gigante textil de origen sueco H&M.

La disputa surgió cuando se publicó en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 826 la petición de la empresa colombiana para el registro de la marca mixta ‘Cosmos’, con la que buscaba identificar productos correspondientes a las clases 18, 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza.

Tras el anuncio, la sociedad H & M Hennes & Mauritz AB, presentó su oposición, por considerar que el signo amenazaba a una de sus líneas de vestuario, ‘COS’, marca con la cual Cosmos podría confundirse o asociarse por error.

La compañía no solo argumentó bajo la protección de las normas de la Comunidad Andina, sino que también se amparó en la Convención Interamericana de Washington sobre Protección Marcaria, pues la marca COS se encuentra registrada en EE.UU..

La defensa de H&M argumentó que las dos marcas compartían la misma raíz, lo que generaba también un parecido fonético. Para soportar su posición, la compañía entregó como acervo probatorio los documentos que oficializan el registro, las páginas web de ‘COS’ donde se presentan las prendas de vestir y otros elementos con material publicitario.

Sin embargo, para Juan Manuel Serrano, director de Signos Distintivos de la SIC, la postura expresada por el opositor no fue valida, dado que “sus argumentaciones fácticas corresponden a la eventual confundibilidad del signo solicitado con una marca previamente registrada”.

Para este caso, por otro lado, la SIC encontró que F y C Calzado S.A.S. contaba previamente con otros dos registros bajo los expedientes 05011666 y 05011683, en este caso signos nominativos, identificados con la expresión ‘Cosmos’, lo que de da derechos sobre la palabra pues anteriormente no fue presentada ninguna oposición.

LOS CONTRASTES

  • Silvana FortichDoctora en derecho y docente del Externado

    “Acierta la SIC al declarar infundada la oposición interpuesta por H&M, toda vez que el signo objeto de la solicitud de registro de marca no está comprendido en las causales de irregistrabilidad establecidas”.

Para Silvana Fortich, doctora en derecho y directora del observatorio de nuevas tecnologías y derecho privado de la Universidad Externado, la decisión de la SIC en este caso fue acertada, pues “el signo objeto de la solicitud de registro de marca no está comprendido en las causales de irregistrabilidad establecidas en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina”.

Adicionalmente, la abogada resaltó el hecho de que los demás requisitos exigidos para que el registro de una marca sea negado no se acreditaron de la forma adecuada, especialmente los que son referidos “a identidad o semejanza y relación de los signos y de los productos o servicios identificados por los signos, y que esta sea suficiente para generar un riesgo de confusión en el público consumidor”.

Antecedentes
En febrero de este año la compañía de textiles antioqueña F y C Calzado S.A.S. solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio la inscripción de la marca mixta ‘Cosmos’ para distinguir productos y servicios comprendidos en las clases 18, 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza, entre los que se encuentran artículos en cuero; prendas de vestir, calzado y sombrerería; y servicios relacionados con publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial y trabajos de oficina.

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