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Marcas

Home Burgers no pudo frenar el registro de Home Office Café ante la Superindustria

La SIC resaltó el uso común de la expresión ‘home’ para tomar la decisión. El despacho ponderó registros previos con esa palabra

20 de abril de 2021

Juan Francisco Campuzano Vélez


Canal de noticias de Asuntos Legales

La marca de hamburguesas gourmet Home se enfrentó en este pleito de marcas al registro de una marca de café.

Se trata de una solicitud hecha a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) bajo el nombre Home Office Café (mixta). La petición de Edward Gómez distinguiría productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que es café, derivados del café y cafeterías.

A ese registro se opuso la sociedad Comidas Varpel SAS, propietarios de la cadena de restaurantes Home Burgers.

Según la compañía, la solicitud reproduce la partícula más importante de su marca. Para ellos, la expresión ‘home’ es el centro de la discusión, pues es con el que los consumidores generan recordación.

Varpel afirmó que las similitudes fonéticas, gráficas y conceptuales hacen que el consumidor tenga una confusión del origen empresarial de los productos.

Reafirmaron que, al tratarse de la clase 30 solicitada, que tiene relación con las clases 29, 30 y 43, que ellos distinguen, la confundibilidad es aún mayor.
Insistieron en que el factor creativo de ambas marcas se asemeja, por tanto, ambos signos usan un gráfico específico en reemplazo de la letra ‘O’; “lo cual ahonda el riesgo de confusión indirecta”, afirmaron.

Varpel aseguró que la concesión de Home Office Café por parte de la SIC atentaría directamente contra el prestigio que se ha hecho Home Burger en el sector de restaurantes, pues, según ellos, el grado de confundibilidad es tan alto, que podría tratarse de un aprovechamiento de reputación ajena por parte del solicitante.

La resolución acreditó que Edward Gómez no dio respuesta a la oposición de Varpel.

El despacho de la SIC aseguró que la causal de irregistrabilidad que alegó el opositor no correspondía a los argumentos presentados, pues solo presentó alegatos sobre la semejanza entre los signos enfrentados, cuando además debió probar la no distintividad de las mismas.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván León RobayoProfesor Universidad Sergio Arboleda

    “Fonemas de uso común para los signos no siempre generan derechos exclusivos por parte de los titulares de una marca. La forma incidió en la decisión de la SIC”.

Respecto a eso, el análisis de la SIC acreditó que las marcas que el opositor protege tienen todas, a excepción de una, elementos adicionales a la expresión ‘home’, lo que hace que su marca sea diferenciable a cualquiera que quiera usar dicha expresión.

Sumado a la debilidad de la frase, y tras encontrar una decena de marcas que usan ‘home’, la SIC decidió conceder el registro de Home Office Café (mixta).

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