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Marcas

Hugo Boss defendió su marca y evitó el registro a The Boss en la Superintendencia

En el caso se encontró otra marca similar registrada, llamada Derboss

20 de mayo de 2025

Cristian Moreno Garzón

cmoreno@larepublica.com.co

Signo Opositor

Signo Solicitante


Hugo Boss
Canal de noticias de Asuntos Legales

Las marcas de lujo también tienen que defender su posición ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC. En este caso, Hugo Boss defendió su marca y evitó el registro de una marca parasitaria.

La entidad resolvió no conceder el registro de la marca mixta The Boss, solicitada por Cristian Ferney Luengas Vélez, para identificar servicios en la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, que agrupa actividades relacionadas con la preparación y suministro de alimentos y bebidas.

La solicitud fue presentada el 26 de diciembre de 2023. Posteriormente, la sociedad Hugo Boss presentó oposición, argumentando que el signo solicitado constituía una reproducción de su marca notoriamente conocida Boss y que su uso podría generar riesgo de confusión, asociación y dilución de la fuerza distintiva.

Hugo Boss manifestó en su escrito que la palabra “The” no aportaba distintividad y que “Boss” era el elemento relevante que podría inducir a error a los consumidores.

También argumentó que, dada la tendencia de marcas de moda de incursionar en otros sectores, como el gastronómico, era razonable pensar que el público podría asociar erróneamente los servicios de alimentos con la marca de moda.

Cristian Luengas respondió que su marca estaba enfocada en la gastronomía y que no existía conexión competitiva con los productos que tradicionalmente identifican a la marca opositora. Además, manifestaron que el diseño gráfico, la tipografía y el uso del término “The” hacían que su marca fuera distintiva, y que no era razonable que un consumidor confundiera ropa o perfumes con un negocio de comidas rápidas.

En su análisis, la autoridad revisó la conexión entre los servicios de la clase 43 y los productos protegidos por la marca oponente en las clases 3, 9 y 25. Tras evaluar la finalidad, los canales de comercialización y la percepción del consumidor, concluyó que no existía conexidad competitiva entre los productos de moda y los servicios gastronómicos.

Sin embargo, al realizar el cotejo del signo “The Boss” con una marca previamente registrada de oficio denominada Derboss, la Superintendencia determinó que existía semejanza ortográfica y fonética. Ambos signos compartían el lexema “Boss”, considerado el elemento de mayor recordación para el consumidor.

Como resultado, la entidad decidió negar el registro de la marca solicitada “The Boss” por una marca anterior vigente.

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