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lunes, 20 de enero de 2020

Operadora Avícola Colombia solicitó el registro de Friko para distinguir productos relacionados con el pollo y carne de ave

Pese a la oposición interpuesta por la compañía Frisby en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la marca Friko logró registrarse en este organismo.

Si bien Operadora Avícola Colombia solicitó el registro de la marca Friko para distinguir productos relacionados con el pollo y los extractos de carne de ave, Frisby presentó su oposición abogando a la causal de irregistrabilidad por Protección de marca Notoria, según el Art. 136 literal H de la decisión andina.

La razón principal que Frisby dio a conocer a la SIC para tratar de impedir el registro de su competencia era la posible confusión de los consumidores a la hora de comprar el producto debido a la similitud entre los dos signos.

De acuerdo a la disposición andina citada por Frisby, para que la marca no pueda ser registrada se deben cumplir diferentes supuestos tales como la reproducción, imitación, traducción, transliteración o transcripción, total o parcial de un signo notoriamente conocido, que pueda causar confusión o una asociación a un producto o marca específica.

Por su parte, Friko aseguró que previamente era una marca reconocida en el mercado colombiano y con la cual los consumidores estaban familiarizados, por lo tanto, no consideraba posible que se pudiese presentar una confusión entre ambas.

Para descartar los supuestos de la oposición se debe realizar una comparación entre los signos donde se evalúa la notoriedad de cada uno de ellos, dicho procedimiento se hace por medio de varios criterios que la Decisión 486 establece en su artículo 228, dentro de los cuales estarían: el número de ventas de la marca, el número de franquicias registradas o por registrar, los públicos a los que se dirigen, los públicos objetivos, el grado de distintividad inherente, su durabilidad y extensión geográfica, el valor del signo como un activo empresarial, entre otros, que ayudarán a determinar los distintivos intrínsecos de cada signo.

Para determinar la notoriedad de su marca, Frisby le presentó a la SIC distintas pruebas que demostraban su posicionamiento en el mercado, su amplitud económica como un beneficio a la economía nacional, su reconocimiento en redes sociales y la preferencia que le tienen los consumidores sobre otras marcas. Además, de demostrar el esfuerzo que han tenido internamente por difundir su marca a nivel nacional e internacional, con registros vigentes en varios países de América Latina y Europa.

Tras estudiar el caso, la Superindustria determinó que Frisby es una marca reconocida, sin embargo, declaró infundada su oposición y concedió el registro de la marca Friko.

“Según los elementos de prueba presentados con la oposición, podemos concluir que la marca Frisby es una marca notoriamente conocida, con una alta capacidad distintiva, que es relacionada con su origen empresarial y diferenciada frente a otras marcas competidores”, dijo la SIC.

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