La empresa argumentó que la expresión Magicook, utilizada por la marca solicitante, es similar, ortográfica, fonética y visualmente a su marca registrada MaggI
04 de febrero de 2025Signo Opositor
Signo Solicitante

La sociedad Invercomer del Caribe solicitó el registro de la marca Magicook para distinguir productoscomprendidos en las clases 29, 30, 31 y 32 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionadascon la venta y distribución de alimentos de la canasta familiar; aceites, mantequilla, frutas, enlatados, entre otros.
Tras la solicitud, Nestlé presentó oposición en contra del registro de la marca solicitante bajo las causales de irregistrabilidad de las clases 29 y 30 del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La empresa argumentó que la expresión Magicook, utilizada por la marca solicitante, es similar, ortográfica, fonética y visualmente a su marca registrada Maggi. También dijo que, aunque la marca posee la expresión adicional ‘Cook’ para otorgar distintividad, no es lo suficientemente fuerte como para evitar cualquier tipo de asociación o confusión por parte del consumidor.
“Al ser Nestlé la marca base del signo registrado previamente, esta posee una protección de notoriedad la cual debe salvaguardarse a toda costa, pues la coexistencia de ambas marcas en el mercado podría afectar la elección de los productos que hacen parte de esta”, explicó la opositora.
La marca solicitada respondió que la palabra Magicook es una palabra indivisible que pertenece a las marcas de fantasía, pues no tiene ningún significado intrínseco o real. También resaltó que su identidad visual es completamente diferente por lo que, además de no sonar igual, ni poseer algún significado similar, la marca solicitada no es de ninguna manera similar, por lo que el riesgo de confusión y asociación “no tienen cabida”.
Tras su análisis, la SIC concluyó que la conexidad competitiva impide el registro de Magicook en el mercado.
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