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  • Diego Alejandro Ospina Henao

martes, 13 de diciembre de 2022

La Superindustria encontró otras marcas de oficio con las que también habría riesgo de asociación dentro de los diferentes clientes

Weednevado S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con el objetivo de solicitar la marca Weednevado (Mixta), para distinguir productos comprendidos en las clases 5 y 30 de la Clasificación Internacional de Niza que denotan productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, entre otras para la clase 5 y Café, té, cacao y sucedáneos del café en la 30.

Luego de la solicitud, Promotora de Café Colombia S.A.S. Procafecol S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Amaya Socio de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado reproduce la expresión de la denominación de origen Café de la Sierra Nevada, además resulta confundible con la marca opositora Nevado”.

La opositora cuenta con el signo nominativa Nevado previamente registrado ante la Superintendencia, por lo que dijo que, “la marca solicitada Weednevado incurre en esta causal de irregistrabilidad, pues reproduce la marca previamente registrada sin que la adición de la expresión Weed sea lo suficientemente distintiva para permitir al consumidor identificar su origen”.

Además, resaltó que la composición ortográfica de las marcas enfrentadas es similarmente confundible, debido a que replica la expresión Nevado dentro de la solicitante, lo que causaría confusión.

Dentro del término concedido, Weednevado S.A.S. respondió a la oposición presentada argumentando que, “los signos en cotejo se pueden observar con claridad que los elementos gráficos que componen la marca solicitada le aportan singularidad, por lo que la hacen fácilmente distinguible de la marca registrada”. Por otro lado, la solicitante dijo que a pesar de que compartan la expresión “Nevado”, el resto de los elementos están ubicados de manera en que se puedan distinguir la empresa, al no replicar con exactitud la marca opositora.

Tras revisar los argumentos, la Superindustria encontró que el signo solicitante es confundible con la opositora, porque replica la expresión “Nevado”, sin que la palabra “Weed” genere la distintividad requerida. Adicionalmente, la entidad resaltó que existen otras marcas de oficio como Frio-Nevada y Sierra Nevada Gold, con las que también habría riesgo de asociación.

Por estos motivos, la SIC declaró fundada la oposición de Procafecol y negó el registro de Weednevado a su solicitante.

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