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Marcas

Los dueños de BMW Mini no consiguieron detener registro ante la Superintendencia

La Superintendencia de Industria y Comercio no encontró similitud ni riesgo de confusión entre las marcas que estaban en conflicto

16 de julio de 2024

Laura Cuevas Sánchez

Signo Opositor

Signo Solicitante


BMW
Canal de noticias de Asuntos Legales

BYD Company Limited se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca BYD Dolphin Mini para distinguir productos de las clases 12 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales hacen referencia a carrocerías de automóviles.

Luego de la solicitud, Bayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft, dueños de BMW Mini, presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La marca opositora argumentó que el signo propuesto para registro es susceptible de confusión con la marca registrada por Bayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft, ya que presenta similitudes significativas que podrían llevar al público a confusión o a la errónea asociación. Los consumidores, dijeron, podrían pensar incorrectamente que los productos identificados por la marca BYD Dolphin Mini provienen del mismo titular que la marca Mini, o que existe alguna forma de relación comercial entre los empresarios, lo cual es falso y podría ocasionar daños a la marca BMW.

Por su parte, la marca solicitante respondió que se debe entender el significado de la expresión Mini, que equivale a pequeño, denotando algo de dimensiones reducidas, breve o de corta longitud. En consecuencia, Mini es una expresión totalmente genérica y el hecho de que esté registrada por la parte opositora, ya sea de forma compuesta o mixta, no altera su carácter genérico. Además, este término se utiliza comúnmente para referirse a cosas pequeñas, como mini-mercado, miniserie, miniteca, entre muchos otros ejemplos que podrían mencionarse.

LOS CONTRASTES

  • Ángela Amaya Socios de Amaya Propiedad Intelectual

    “Al ser analizados en su conjunto presentan elementos adicionales gráficos y nominativos que aportan distintividad permitiendo su coexistencia”.

La Superintendencia de Industria y Comercio realizó un análisis en el que dijo que “la dirección observa, en primer lugar, que es el elemento denominativo de los signos mixtos comparados el que sobresale en cada conjunto. En efecto, en el caso del signo solicitado la parte gráfica consiste en una tipografía sencilla, la cual es ornamental para las palabras. BYD Dolphin Mini siendo estas últimas las que utilizará el consumidor para buscar, solicitar o adquirir los productos identificados. Por su parte, la gráfica de las marcas mixtas opositoras consiste en una tipografía especial”.

Teniendo los argumentos de ambas partes en cuenta y el análisis del pleito de marcas, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca BYD Dolphin Mini.

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