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Marcas

La SIC frena registro de Signorina vip D´Mario ante objeción de Salvatore Ferragamo

La casa de modas se opone al registro de la marca solicitante debido a las similitudes que tiene con su marca de fragancias

17 de enero de 2025

Juliana Mariana Cantor

jcantor@larepublica.com.co

La casa de modas se opuso al registro de una nueva marca por diversas similitudes con sus productos Signorita
Ferragamo Group
Canal de noticias de Asuntos Legales

La empresa D´Mario Watch se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Signorina vip D´Mario para distinguir servicios comprendidos en las clases 3 de la Clasificación Internacional de Niza, las cuales abarca productos como perfumes, fragancia, aguas de perfume, entre otros.

Ante la solicitud, salvatore ferragamo presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad contenida en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.

La casa de modas fundamenta su postura en la relevancia que posee, dentro de su conjunto marcario, cada una delas letras y ubicación de Signorina Eleganzade, Salvatore Ferragamo Signorina, signorina misteriosa Y Signorina in fiore en comparación con Signorina Vip d´Mario. Enfatizan en que la marca solicitante no solamente reproduce este elementos distintivo de su propiedad, sino que también posee la misma estructura y conformación gráfica.

Así mismo, señalan la evidente conexidad competitiva que poseen ambas marcas al pertenecer a una misma categoría, coincidir en los canales de comercialización del mercado y, a su vez, los medios de publicidad empleados. De igual forma, recalcan la importancia de su protección en este como marca ya existente y distribuida debido a la trayectoria que poseen y el riesgo que implica para ellos la posibilidad de ser confundidos con la marca solicitante.

Por parte de D´mario watch, y Dentro del término concedido por la Super Intendencia de Industria y Comercio, no se evidencio respuesta alguna a la oposición, por lo que la entidad procedió al análisis y realización del examen de registrabilidad correspondiente.

LOS CONTRASTES

  • Director Jurídico de la firma Cárdenas Vega Asesores SAS
  • Luis Fernando PatronDirector Jurídico de la firma Cárdenas Vega Asesores SAS

    "Al analizar este caso, se observa que la negación del signo solicitado por cuenta de la SIC está completamente ajustada a derecho, puesto que los signos comparados son altamente similares y reivindican productos idénticos. Por ende, en caso de que se permita el registro del signo solicitado, se generaría riesgo de confusión en el público consumidor. Es importante anotar que la expresión SIGNORINA no debe considerarse como débil o de uso común, puesto que es una expresión en un idioma extranjero".

El análisis realizado por la dirección encuentra que los signos implicados son similarmente confundibles ya que, al apreciarlos en conjunto, se observa que ortográfica, fonética y conceptualmente son similares.

También resaltan la delicadeza de las expresiones vip by d' mario como elemento diferenciador entre los signos. Explican que, de ser permitida su registrabilidad, esto validaría el pretexto de que la marca compuesta despierta una impresión de conjunto diferente a la de la marca unitaria, permitiendo así que terceros puedan apropiarse de marcas ya existentes.

Debido a que comparten la misma naturaleza, finalidad y están dirigidos al mismo consumidor, la entidad enfatiza en el riesgo de confusión al que es expuesto el consumidor al momento de adquirir alguno de estos productos ya que el origen de los productos terminará siendo atribuido a un único empresario. Como consecuencia de ello, la Super Intendencia de Industria y Comercio comprende en la causal de irregistrabilidad a la marca solicitante y niega su registro en el mercado.

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