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  • Diego Alejandro Ospina Henao

viernes, 5 de agosto de 2022

La Superindustria negó el registro marcario por utilizar la misma expresión 'Ultra' en una marca previamente registrada por Petromil

Petróleos del Milenio S.A.S. (Petromil) se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio para solicitar el registro de la marca Ultra (mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase 4 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota combustibles, gasolina, diésel y extra, Gas Natural Vehicular (GNV) y lubricantes, aceites, carbón (combustible), combustible de butano; combustible de metanol; combustible diésel, combustibles de motor, combustibles diésel; combustibles líquidos; combustibles gaseosos; gasolina; combustibles, incluidos los carburantes para motores y los combustibles para la iluminación, entre otros.

Luego de la solicitud presentada, Todo Aseo S.A.S. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad expuesta en el artículo 136 de la Comunidad Andina. Esto, anotando que tiene una marca previamente registrada con la expresión ‘Ultra K’ y por esto se podría generar confusión en los consumidores.

LOS CONTRASTES

  • Danilo RomeroSocio de Holland & Knight

    “Es coherente la decisión de la SIC al negar el registro de expresiones que se consideran laudatorias, es decir, aquellas expresiones que califican de alguna manera un producto o servicio enalteciéndolo”.

“Al comparar los signos previamente representados, Ultra K y Ultra, se observa que son idénticos desde los puntos de vista ortográfico, fonético, conceptual y gráfico”, dijo la empresa. Además, agregó que la única diferencia que existe entre los dos signos es la letra adicional K, lo que impide que haya una clara diferenciación entre ambos. “En conjunto, a nivel ortográfico, es importante tener en cuenta que las secuencias silábicas, consonánticas y vocálicas de ambos signos son idénticas y confundibles”, dijo.

Dentro del término concedido para ello, Petromil respondió a la oposición reconociendo las similitudes. “Los consumidores, al encontrarse con ambos signos en el mercado, difícilmente podrían identificar el distinto origen empresarial de los mismos (confusión indirecta)”, manifestó en su defensa. Sin embargo, agregó que los productos que distingue cada marca son diferentes a excepción de los aceites, que es el sector que busca explotar la marca solicitada.

Después de analizar los argumentos, la Superintendencia realizó un análisis de registrabilidad entre ambas marcas. La entidad encontró que la distintividad de la solicitante afecta a un tercero, por tener semejanzas notables en sus signos, a excepción de la letra K.

“El signo solicitado a registro carece de la fuerza distintiva intrínseca que es necesaria, toda vez que carece del carácter diferenciador e individualizador necesario para identificar los productos de la clase 4 y asociarlos con un origen empresarial en particular”, expresó la SIC.

Por los motivos expuestos, la Superindustria concedió la oposición presentada y negó el registro de la marca Ultra, solicitada por Petromil, en la Clase 4 internacional.

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