AFP no pueden dejar de pagar mesadas
Según el fallo del Tribunal las personas no tienen porque asumir las consecuencias de las omisiones administrativas generadas en el pasado, ya sea por la falta de pago o cobro de quienes estaban encargados de esta responsabilidad.
“No es admisible que las Administradoras de Fondos de Pensiones trasladen las consecuencias de las omisiones que tanto ellas, como los empleadores han incurrido, y, así, pongan al afiliado en una situación de absoluta desprotección, generada como producto de la no actualización de la historia laboral”, aclaró la entidad.
De igual manera, la Corte consideró que esto vulneraría los derechos fundamentales de las personas ya que “la mora en el pago de cotizaciones no constituye una situación que justifique las inconsistencias que se presentan en la historia laboral, por tanto deben ser corregidas, a fin de que no constituyan una barrera que imposibilite el reconocimiento de la pensión”.
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