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Judicial

Comunidad Andina declaró infundadas las acciones de nulidad de Kimberly y Familia

Por medio de las las Resoluciones 2006 del 28 de mayo de 2018 y 2236 del 19 de noviembre de 2021 el tribunal los sancionó con US$17.060 millones y US$16.857 millones, respectivamente

19 de septiembre de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Gráfico LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

Se dio a conocer que el Tribunal de Justicia de Ia Comunidad Andina, adoptó por unanimidad la presente sentencia en la acción de nulidad planteada por las empresas Productos Familia S.A. y Productos Familia Sancela del Ecuador S.A. contra las Resoluciones 2006 del 28 de mayo de 2018 y 2236 del 19 de noviembre de 2021 de la Secretaria General de la Comunidad Andina.

Por medio de las anteriores, el tribunal los sancionó con US$17.060 millones y US$16.857 millones, respectivamente, por cometer una conducta anticompetitiva transfronteriza en el mercado de papeles suaves.

Así las cosas, en la última sentencia de Kimberly Colpapel S.A. y Kimberly - Clark Ecuador S.A, se decidió también dirigir un llamado de atención a la defensa técnica del Grupo Kimberly por "haber incurrido en el incumplimiento de las órdenes del Tribunal".

Sobre los medios probatorios aportados por la empresa el18 de octubre y 15 de diciembre de 2023, se declaró que no serían valoradas por haber sido presentados extemporáneamente y "ser innecesarios a la luz del abundante material probatorio que obra en el expediente".

Por otro lado, el tribunal informó que declaró infundada en todos sus extremos la demanda en
acción de nulidad planteada por las empresas Productos Pamilia S.A. y Productos Familia Sancela del Ecuador S.A.

También se declaró que la Secretaria General de la Comunidad Andina "no ha incurrido en desviación de poder con respecto al cobro de la multa e imposición de garantías en las resoluciones impugnadas".

Asimismo, se informó que en el fallo que no se condenará en costas a las empresas Productos Familia S.A. y Procluctos Familia Saocela del Ecuador S.A. Lo mismo se estableció para Kimberly Colpapel S.A. y Kimberly - Clark Ecuador S.A

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