Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • José David Castilla

sábado, 29 de septiembre de 2018

Jurisprudencia modifica régimen de familia y da vía libre a jueces para decretarla

La Corte Suprema de Justicia tomó una decisión que revolucionó el derecho de familia. Mediante la sentencia STC 12085 de 2018, con ponencia del magistrado Aroldo Quiroz , desde ahora en adelante los jueces cuentan con una guía jurisprudencial clara para establecer la custodia compartida. La sentencia dijo que “las conductas de los padres que buscan separar a los niños del otro no pueden ser admitidas”.

“Esta es una noticia muy trascendente, porque abre unas puertas gigantescas, incluso, esto cambia la historia del derecho de los menores en el país”, comentó el especialista en derecho de familia y socio de Integrity Legal, Jimmy Jiménez.

La custodia es un derecho y una obligación. La Constitución Política y la Ley de Infancia y Adolescencia, establecen que los menores tienen derecho a recibir el cuidado, la crianza y la atención de sus dos padres. Estos últimos están en la obligación de brindar los cuidados y la atención de forma solidaria y permanente. Por estos motivos, la Corte estableció que “debe privilegiarse la vida familiar, el apoyo y el amor necesario para su crecimiento, así como la posibilidad de disfrutar de la presencia de ambos padres”.

Para que un juez opte por decretar la custodia compartida de los padres, debe estudiar una serie de requisitos. En primer lugar, los progenitores deben vivir en condiciones óptimas que no afecten el desarrollo personal del menor. También deben tener plenas facultades psicológicas para la crianza de los menores. Por último, los menores cumplen un papel fundamental dentro del proceso: si estos manifiestan que no quieren vivir con alguno de los padres, el juez no podrá conceder la custodia compartida.

El fin de esta herramienta es honrar el interés superior que tienen los menores de edad. A la hora de estipular el régimen de visitas y convivencia, la sentencia dice que se debe establecer un régimen alternativo al que actualmente existe en el país, para que exista prevalencia por el vínculo familiar. “Se debe optar por un sistema (...) en punto tal al tiempo y los lugares de residencia de los dos padres”, concluye la sentencia.

El hecho de que al menor se le reconozca la custodia compartida de sus padres, se traduce en que estos no podrán someterlos a cambios bruscos de residencia, tampoco podrán alterar drásticamente sus rutinas ni sus entornos escolares.

LOS CONTRASTES

  • Aroldo QuirozMagistrado Ponente Corte Suprema Justicia

    “Si bien es cierto que en Colombia no se encuentra regulada la custodia compartida, lo que queremos es establecer que de ahora en adelante los jueces puedan determinar la posibilidad de establecerla”.

  • Jimmy Jiménez Socio firma D. Familia Integrity Legal

    “Esta es una noticia muy trascendente para la materia, porque abre unas puertas gigantescas para una nueva serie de situaciones, modificando la historia del derecho de familia frente al tema de los menores”.

El magistrado ponente Aroldo Quiroz dijo que con este pronunciamiento se busca “establecer que de ahora en adelante los jueces puedan determinar la posibilidad” de impartir la custodia compartida entre los padres divorciados.
Sectores advierten que esta nueva decisión afectaría otras ramas del derecho, como el campo penal en el delito del ejercicio abusivo de la custodia.

Antecedentes
La custodia compartida en Colombia no está regulada legalmente. Sin embargo, gracias a la sentencia STC 12085 de 2018 de la Corte Suprema de Justicia, se reconoció que todos los jueces de familia tienen la potestad de establecer la custodia compartida, en los casos en que los padres divorciados cumplan con los requisitos legales para adquirirlas. La Corte reconoció los avances legales que ha tenido el país para reconocer el interés superior de los menores y la preponderancia de la Ley 1098 de 2006 y los derechos del menor.

Documentos adjuntos

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.