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  • Alejandro Valencia

lunes, 29 de octubre de 2018

El país tiene disponibles por medio de Migración Colombia nueve clases de visas para los extranjeros

En función de que en los últimos años el país afronta una crisis migratoria de venezolanos y que frecuentemente en Estados Unidos, y en otros países, hay colombianos bajo un estatus de ilegalidad, es imprescindible conocer el marco regulatorio que ampara este tipo de situaciones.

Lo primero es entender qué está pasando con los ciudadanos del país vecino: en condiciones normales, un venezolano podrá ingresar al país si tiene un pasaporte vigente y va a realizar actividades no remuneradas. Si quiere entrar en calidad de trabajador, deberá portar visa. Ahora bien, si entró en condición legal con pasaporte o visa, de acuerdo con la Resolución 0361 de 2018, podrá solicitar el Permiso Especial de Permanencia (PEP) que lo autoriza a ejercer una ocupación legal no regulada hasta por dos años; luego deberá irse del país.

No obstante, la realidad es que 105.766 venezolanos están irregulares, según Migración Colombia con corte al 30 de agosto, porque superaron el límite de permanencia o llegaron al país a través de trochas. Para estos individuos existe el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos (Ramv) que, por medio del censo, buscará expedir un decreto que regule su situación, similar al PEP, y con beneficios parecidos.

Sin embargo, según el socio fundador de Tannus & Abogados, Rodrigo Tannus Serrano, “los nacionales venezolanos que no acaten los deberes y obligaciones descritos en la normatividad migratoria colombiana, pueden ser sujetos de sanciones económicas, que oscilan entre medio y 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes; o incluso ser objeto de deportación o expulsión del país”. Además, argumentó que las medidas no tienen diferencias con otras nacionalidades, salvo un trato preferencial para nacionales ecuatorianos y países miembros del Mercado Común del Sur (Mercosur).

Por otra parte, en cuanto a la política migratoria para una persona que desea ingresar dentro del territorio nacional, existen varias disposiciones legales al respecto. Por ejemplo: el Decreto 1067 de 2015 consagra al Ministerio de Relaciones Exteriores como órgano rector del sector y le da la facultad para ejecutar la política exterior de Colombia. Allí se establece la Unidad Administrativa especial de Migración Colombia como entidad adscrita y con funciones de autoridad, vigilancia y control migratorio.

Otro aspecto clave según Jonathan Agamez, consultor migratorio de Fragomen Worldwide, es que en “la Resolución 6045 de 2017 se establece los tipos de Visa, el alcance y particularidades de cada tipo de Visa, así como las condiciones, requisitos y trámites para solicitud, estudio, decisión, cancelación y terminación”. Fuera de la Visa, los tipos de ingreso tradicionales que existen en Colombia son: Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) y Permisos de Grupo en Tránsito (PGT).

Además, de acuerdo con el abogado Tannus Serrano, la Resolución 1238 de 2018 es la que establece los criterios para el cumplimiento de obligaciones migratorias y el proceso sancionatorio que dicta Migración Colombia.

LOS CONTRASTES

  • Rodrigo Tannus SerranoSocio fundador de Tannus & Asociados

    “Los venezolanos que no acaten los deberes y obligaciones descritos en la normatividad migratoria colombiana pueden ser sujetos de sanciones económicas que oscilan entre medio y 40 Smlmv”.

  • Jonathan AgamezConsultor migratorio Fragomen Worldwide

    “Colombia en los últimos cinco años ha fortalecido la implementación de nuevas herramientas que agilicen el proceso de obtención de visa para los extranjeros y de ayuda humanitaria para venezolanos con el PEP”.

Entendido esto, el foco ahora será para ciudadanos colombianos en condición de ilegales en EE.UU. u otros países. En ese orden, la política migratoria del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, como caso concreto, establece que la deportación es la última instancia. Primero la ley ofrece beneficios como la regularización del estatus, diferir la deportación, o solicitar asilo si no cometió algún delito grave, según explicó Jonathan Agamez. En un principio, “tienen derecho a ser presentados frente a una corte de inmigración para que se estudie cada caso de forma particular y este determinará si se pueden quedar o tienen que ser deportados”, sostuvo.

Sin embargo, también destacó el consultor migratorio que, en las nuevas directrices del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, se busca que las personas arrestadas por su estatus de ilegalidad no puedan salir bajo fianza mientras un juez define su situación, así no tengan historial criminal. Por el contrario, serían enviados a un centro de detención mientras se completa la resolución del caso.

Antecedentes

Entidades de carácter internacional protegen a los migrantes hace varios años. Por ejemplo, la Organización Internacional para las Migraciones determina que sus derechos humanos están garantizados en cualquier Estado. Para su efecto, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Migrantes Trabajadores y Miembros de sus Familias, establece la normatividad. Así mismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos crea unas medidas de protección, al igual que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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