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viernes, 11 de febrero de 2022

Entre los requisitos, las entidades deben contar con al menos un año de experiencia y deben dar a conocer toda la información relevante

A falta de poco más de dos meses para las próximas elecciones presidenciales, los sondeos de las firmas encuestadoras cada vez toman más relevancia, pues no solo se empiezan a publicar con más frecuencia, sino muchos apelan a ellos para definir su voto.

Sin embargo, antes de la divulgación de los resultados, las firmas deben cumplir con una regulación impuesta por el Consejo Nacional Electoral (CNE), para que la información revelada sea lo más apegada a la realidad que se pueda.

La norma dicta que solo podrán publicar sus encuestas aquellas firmas que cuenten con, al menos, un año de experiencia y que tengan una representación legal, además de haber sido certificadas por tres empresas o usuarios.

Además, hay otros requisitos que dicta la Ley 130 de 1994, como la necesidad de publicar la fuente de financiación de la encuesta, el tamaño y el tipo de muestra y el margen de error calculado, entre otros. En caso de infracción a estas reglas, el CNE podrá imponer una sanción de hasta 40 salarios mínimos mensuales y podría suspender el permiso de operación.

Pese a esta regulación, el año pasado se abrió un debate en torno a la agencia del CNE para el control de las firmas, luego de que el senador Rodrigo Lara, junto a otros congresistas, presentara un proyecto de ley para establecer una normativa más estricta en el Código Electoral.

“En Colombia no hay una regulación de ningún tipo sobre la calidad de las firmas encuestadoras, esta es la primera que se hace para que esas encuestas obedezcan a un carácter científico”, explicó el congresista en una entrevista.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AriasAnalista político

    "El proyecto no propone nada diferente a lo que ya se ha discutido. Sin embargo, hay que poner más atención a las metodologías de recolección de datos, porque son parte integral de los fenómenos de análisis de opinión pública".

Esta ley propone, entre otros, subir el mínimo a tres años de experiencia de las encuestadoras antes de registrarse al CNE, y que el margen de error se reduzca a 2%.

Sin embargo, la Corte Constitucional todavía debe pronunciarse sobre el nuevo Código Electoral aprobado, que no regirá en las próximas elecciones.

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