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  • Carlos Jaramillo Palacio

miércoles, 27 de marzo de 2024

A propósito del supuesto aporte del Clan a la vaca de Antioquia en Colombia funciona el Sarlaft para vigilar estas operaciones

La polémica por el supuesto aporte del Clan del Golfo a la ‘vaca’ que se realiza en Antioquia no para. Y es que el grupo armado anunció que habría donado $10 millones para la ‘vaca’ que se realiza en ese departamento, en cabeza del gobernador Andrés Julián Rendón (por idea del expresidente Álvaro Uribe Vélez), quien busca, a través de este mecanismo, recaudar $1 billón para construir las vías 4G de la región. El comunicado del Clan del Golfo dice que: “el Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) se une a la colecta pública o vaca que se está haciendo en el departamento de Antioquia, con el fin de terminar las obras de infraestructura, especialmente la carretera al mar”, dice el primer párrafo de la supuesta comunicación.

Y es que el mismo presidente Gustavo Petro le pidió al gobernador de Antioquia, el lunes, que suspenda la cuenta a través de la cual se están recibiendo aportes de los antioqueños desde 10 mil pesos en adelante, pues, en su opinión, esto se puede prestar para el lavado de activos que, según el artículo 323 del Código Penal Colombiano, es una conducta que implica adquirir, resguardar, invertir, transportar, transformar, almacenar, conservar, custodiar y almacenar bienes que tengan un origen indirecto o directo de actividades de narcotráfico, tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de menores y administración de recursos relacionados con las actividades terroristas. Por su parte, la financiación al terrorismo, de acuerdo con el artículo 16 de la ley 1121 de 2006, es la conducta que busca destinar bienes o recursos de origen ilícito o lícito para financiar actividades terroristas.

El gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, le respondió a Petro su petición. Le dijo que esta es una expresión de solidaridad de los antioqueños y le pidió que no estigmatice a las más de 5 mil personas que ya han hecho sus aportes.

Rendón dijo que los aportes están siendo sometidos a todos los controles por parte de Bancolombia y que cuando se incorporen a las arcas del departamento para destinarlos a la construcción de vías serán sometidos aún a más controles

LOS CONTRASTES

  • Enrique Gómez PinzónSocio del área corporativa y de cumplimiento de Holland & Knight

    "La política Sagrilaft es una política articulada de todos los órganos de la Sociedad, dirigida por el oficial de cumplimiento. Por ello, la Circular de la Superintendencia de Sociedades define las funciones de cada órgano en particular".

  • Juan Francisco NavarreteAbogado penalista y procesalista

    “En 2008, el Estado adoptó 40 de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, Cafi, que fija estándares sobre lucha de lavado de activos”.

  • Andrés Camilo CaroAsociado Compliance en OlarteMoure

    “Estatuto orgánico del sistema financiero, en su artículo 107, establece que habrá sanciones administrativas por el incumplimiento en relación con los reportes.”

A propósito de esta situación, en Colombia funciona el Sarlaft, que es el Sistema de Administración del Riesgo para el Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Este mecanismo permite que las entidades vigiladas puedan prevenir el riesgo de efectuar operaciones con activos provenientes de las actividades que se encuentran relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo. En otras palabras, es el procedimiento adoptado para promover la cultura de administración del riesgo.

La Superintendencia Financiera ha establecido un modelo de cuatro etapas para el sistema de gestión de riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT): identificación, medición, control y monitoreo del riesgo LA/FT. Además, este modelo incluye ocho elementos que tienen como objetivo lograr un diseño, desarrollo e implementación adecuados para cada una de las mencionadas etapas”, explica Andrés Camilo Caro Parra, Asociado Compliance en OlarteMoure & Asociados. “En principio”, están obligadas a reportar esta información todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Punto que comparte Enrique Gómez Pinzón, socio del área corporativa y de cumplimiento de Holland & Knight, "en aras de proteger a las sociedades del sector real y a la economía del país, la Superintendencia de Sociedades ha publicado en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica, modificada integralmente por la Circular Externa No. 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, un sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral de lavado de activos (“LA”), financiamiento del terrorismo (“FT”) y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (“FPADM”)"

Mientras que Juan Francisco Navarrete, abogado penalista y procesalista, confirma que “todas las entidades que están vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia tienen la obligación de diseñar e implementar su propio Sarlaft y deben contar con las etapas y elementos mínimos exigidos por la entidad para el control de lavado de activos y las administraciones de gestión del riesgo. Colombia es uno de los países con mayor regulación en ese sector, pues se presentan eventualmente conductas que constituyen claramente lavado de activos”.

A esto Gómez Pinzón agrega que " la política de SAGRILAFT deberá ser divulgada dentro de la empresa y a las demás partes interesadas para asegurar un adecuado cumplimiento". Y por otro lado, "la empresa deberá brindarles capacitaciones a aquellos empleados, asociados y en general a todas las partes interesadas que considere que deban conocer la política Sagrilaft".

El experto, Andrés Camilo Caro, explica cuáles son las sanciones en caso de comprobarse la financiación. “Por un lado, en relación a la persona natural, el artículo 323 del Código Penal establece que, en caso de ser encontrada culpable por lavado de activos, las penas pueden variar entre 10 y 30 años de prisión, además de una multa que oscila entre 1.000 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes".

Por otro lado, en lo concerniente a la persona jurídica, la Superintendencia Financiera tiene la facultad de imponer diversas medidas que pueden incluir amonestaciones, multas, sanciones o incluso la remoción de sus directivos”. Estas investigaciones, por un lado, las hace la Dirección Técnica de la Delegatura para Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo de la SuperFinanciera, que tiene la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de las entidades vigiladas con respecto a lo establecido en el Sarlaft. Por otro lado, la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf), que un organismo encargado de la inteligencia económica y financiera. Su función es analizar la información proporcionada por las entidades financieras con el fin de prevenir y detectar posibles actividades en este sentido.

Incluso en caso de que no se reporten debidamente las obligaciones sospechosas ante la UIAF, de acuerdo con el experto, Gómez Pinzón, "se dará lugar a las investigaciones administrativas que sean del caso y a las imposiciones de sanciones administrativas tanto a la empresa obligada como al Oficial de Cumplimiento, al revisor fiscal o a sus administradores hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes".

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